…con la concurrencia de la Iglesia Católica y del Congreso Nacional, existiendo controversia al respecto, ya que Monseñor Baeza ha señalado que ninguno de los comprometidos en este nuevo hecho habría sido indultado en esa oportunidad.
Lo fundamental es señalar que vivimos otros tiempos. Lo que haya sucedido antes no cambia la gravedad del acto delictual que terminó con la muerte del cabo Moyano. Nada justifica lo sucedido y los autores deben ser castigados con ejemplar rigor. Los antecedentes penales anteriores que se les comprueben serán tomados en cuenta con ocasión del fallo que se dicte, como agravantes si corresponde en derecho.
La Presidenta, refiriéndose a los prófugos, ha señalado que esas personas son delincuentes y como delincuentes tienen que responder . Es en este concepto en el que se debe centrar el asunto. Quienes asesinaron al policía son responsables por lo que ahora hicieron, no por lo que fueron, conductas que no deben influir en la investigación actual salvo en contribuir a endurecer el castigo, al dictarse sentencia.
No resulta aceptable que se promueva discusión de si fueron indultados o no, de que éste apoyó el indulto o este otro no, olvidando que el acuerdo que lo promovió fue transversal. Menos se puede pretender obtener dividendos políticos por haber sostenido ésto o aquéllo. Quien aportó su voto en esa ocasión lo hizo en conciencia, movido por su convencimiento de que hacía lo mejor para Chile. Quien se opuso, igualmente merece respeto porque también actuó según su convicción y valoración del momento histórico que vivíamos.
Tampoco es válido hacer presente que uno o varios de los hechores eventuales fueron antes condenados por tribunales militares, sin pruebas ni antecedentes inculpatorios como señalan algunos, protestando de la anterior inocencia de los buscados.
Cabe esperar que nadie más muera en este país por actos delictuales como el que nos conmueve y, menos, que alguien sea cazado en la persecución. También, que los delitos graves por los que deban responder sean juzgados por tribunales ordinarios, comunes para todos los chilenos y no por una justicia parcial que no asegura transparencia y que ha demorado más de la cuenta en ser derogada. Tampoco procede justificar actos de violencia innecesaria en la persecución y captura con la calificación de extremistas. Se trata de delincuentes, tanto o más peligrosos que otros y sólo en tal calidad deben ser aprehendidos y castigados.
No sería conveniente achacar a la calidad atribuida de extremista, conductas represivas prohibidas que, en lugar de hacer justicia, importen descender al mismo nivel inhumano mostrado por los criminales perseguidos.
Por Leonardo Aravena Arredondo
Profesor de Derecho, Universidad Central de Chile.
Santiago de Chile, 13 de noviembre 2007
Crónica Digital
, 0, 142, 3