El Presidente de la República, Sebastián Piñera, junto a la ministra del Servicio Nacional de la Mujer, Carolina Schmidt, firmó esta mañana el Proyecto de Ley que sanciona la violencia en las relaciones de pololeo y perfecciona la actual Ley de Violencia Intrafamiliar e incorporando la violencia sexual y económica y mejorando las medidas de protección a las víctimas.
En el marco de la política “Tolerancia cero contra la violencia hacia la mujer” impulsada por el Presidente Piñera, esta mañana se firmó el proyecto en la 48ª Comisaria de Carabineros de Chile donde la Ministra Schmidt destacó que “este es un paso más en nuestra lucha contra la violencia hacia la mujer que se debe combatir desde las primeras etapas de las relaciones de pareja”.
Este proyecto incorpora dos grandes modificaciones:
1. Sanciona la violencia en el pololeo
La iniciativa apunta a proteger las relaciones de pareja sin convivencia que hasta hoy no formaban parte de nuestra legislación. Con este proyecto, se sanciona la violencia cometida en relaciones de pareja que no conviven, quienes tendrán la protección de los Tribunales de Familia, pudiéndose aplicar medidas cautelares de protección a la víctima y medidas accesorias a la sentencia, tales como prohibición de acercamiento, prohibición de porte de armas o asistencia obligatoria a programas terapéuticos.
El agresor arriesga sentencia condenatoria, multas y obligatoriedad de asistir a programas terapéuticos.
El proyecto también incluye sanción penal al agresor mayor de edad que comete el delito de maltrato habitual en relaciones de pololeo y arriesga una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días).
2. Perfecciona y moderniza la actual Ley de Violencia Intrafamiliar
El proyecto también moderniza la actual Ley de Violencia Intrafamiliar incorporando la violencia sexual y económica, como aquella que “afecte la libertad e indemnidad sexual y subsistencia económica”, modificando el concepto de violencia intrafamiliar. Con esto se asegura que las víctimas de este tipo de violencia no queden desprotegidas.
Se fortalecen las medidas cautelares Por ejemplo, a la prohibición de acercamiento se agrega la prohibición o restricción de comunicación entre la víctima y el ofensor, mediante llamadas telefónicas, mensajes de texto o correos electrónicos. También se regula el reingreso protegido de la víctima al hogar común y la salida de este hogar del agresor, al tiempo que establece la prohibición de porte y tenencia de armas, que se decretará especialmente a solicitud de la víctima o automáticamente si el arma ha tenido relación con la violencia.
Bastará la mera notificación verbal o personal de estas medidas cautelares a los agresores por parte de carabineros, para que su no cumplimiento configure el delito de desacato.
Adicionalmente agrega una agravante en los casos que los actos de violencia intrafamiliar que se cometan en presencia de menores de edad.
Santiago de Chile 6 de marzo de 2013
Crónica Digital