JUSTICIA DICTA ACUSACIÓN POR TORTURAS APLICADAS A PRISIONEROS EN CENTRO DE DETENCIÓN DE JOSÉ DOMINGO CAÑAS

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó acusación por los delitos de torturas, perpetrados en contra de los prisioneros políticos Rosalía Martínez Cereceda y Julio Laks Feller, sobrevivientes del centro de detención clandestino ubicado en calle José Domingo Cañas, de la comuna de Ñuñoa.

En la acusación, el ministro Carroza responsabiliza a los ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA):Ricardo Lawrence MiresBasclay Zapata Reyes Fernando Lauriani Maturana, como autores de los tormentos aplicados al matrimonio, que fue detenido, en septiembre de 1974, en la comuna de Las Condes.

«Que a estas probanzas en el estado actual del proceso, cabe unir las declaraciones indagatorias prestada por los procesados  de autos, las que son suficientes para tener por justificado que Rosalía Amparo Martínez Cereceda fue detenida entre los días 22 y 23 de Septiembre de 1974, alrededor de las 23.30 horas, en su domicilio ubicado en calle Alonso de Camargo N° 1107, comuna de Las Condes, junto con a su cónyuge Julio Laks Feller, el hijo de ambos de 7 meses a la fecha y María Cristina López Stewart, todos militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR, por agentes de la DINA, quienes los trasladaron al recinto de detención ubicado en José Domingo Cañas donde permaneció aproximadamente por el término de 13 días.  Relata Rosalía Amparo Martínez Cereceda, haber sido interrogada desnuda, amarrada a un catre metálico de una litera donde se le aplicaba electricidad por todas partes de su cuerpo, senos, boca, ano y vagina, y se le golpeaba sin cesar, permaneciendo durante horas en este tipo de sesiones, las cuales se prolongaron durante los días que permaneció en dicho recinto hasta el día 5 de Octubre de 1974, fecha en que es trasladada incomunicada a 4 Álamos. La víctima Julio Manuel Laks Feller relata por su parte, que el día 23 de Septiembre de 1974 es detenido junto a su cónyuge Rosalía Martínez Cereceda y una amiga de nombre María Cristina López Stewart, conjuntamente con su pequeño hijo de 6 meses, desde su domicilio ubicado en Alonso de Camargo N° 1107, comuna de Las Condes, por personal de la Dina, quienes lo trasladan al recinto de José Domingo Cañas, donde refiere haber sido torturado con golpes de puño en un primer interrogatorio y luego con el método de la «parrilla», un catre metálico al cual lo amarraron y aplicaban corriente. En una oportunidad, dice haber sido torturado junto con su esposa estando él amarrado al catre y ella colgada abajo, recibiendo ambos las descargas de electricidad. Por último refiere que su cónyuge, además, recibió vejámenes sexuales, como introducirle palos u otros objetos por la vagina», sostiene la acusación.

Dictamen que agrega: «La Dirección de Inteligencia Nacional DINA, disponía de recintos secretos, entre los que se encontraba el cuartel ubicado en José Domingo Cañas, que servían como centros de detención, interrogación y tortura, los cuales no se trataban de establecimientos carcelarios de aquellos destinados a la detención de personas establecido en el Decreto Supremo N° 805 del Ministerio de Justicia de 1928 y  contaba con una plana mayor que lo asesoraba en labores de inteligencia, a cargo de un alto oficial de Ejército. De este Jefe dependían las Agrupaciones  y su objetivo, a la fecha de ocurrencia de los hechos, apuntaba a combatir al Movimiento de Izquierda Revolucionario MIR y la componían miembros del Ejército, Carabineros y de la Policía de Investigaciones de Chile».

Ver resolución (PDF)

Santiago de Chile, 4 de junio 2014
Crónica Digital / Agencias

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