AMNISTÍA INTERNACIONAL: LA MACHI FRANCISCA LINCONAO DEBE ESPERAR EL JUICIO EN LIBERTAD

Ante la reciente información de que la machi Francisca Linconao ha debido ser nuevamente trasladada, por 12 días, al Hospital Intercultural de Nueva Imperial, debido a su delicado estado de salud, Amnistía Internacional manifestó hoy su preocupación por la continua prisión preventiva de que ella ha sido objeto.

“Con la información existente a la fecha, no se ve ninguna justificación para mantener la prisión preventiva: la machi Francisca Linconao debe esperar el juicio en libertad. Y a menos de que existan pruebas sólidas y admisibles en contra de la machi Linconao que la conecten de manera clara y directa con los hechos que se le imputan; la Fiscalía y el Ministerio del Interior, en su rol de querellante, no deberían perseverar con el juicio en su contra”, menciona Ana Piquer, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile.

El hecho que una persona esté siendo imputada de un delito, incluso tratándose de delitos terroristas, no significa que pierdan sus derechos humanos o que el Estado deje de estar obligado a respetar sus derechos. “La sola gravedad del delito que se imputa no puede ser razón suficiente para mantener al acusado en prisión preventiva por periodos prolongados de tiempo. Tratar la prisión preventiva como si fuera una sanción anticipada implica en sí mismo vulnerar la presunción de inocencia”, añade Ana Piquer.

La machi Linconao, al igual que los otros 10 imputados en el caso Luchsinger-Mackay, lleva más de 7 meses privada de su libertad, con muy pocas y breves interrupciones, a la espera del juicio en su contra por cargos de incendio con resultado de muerte de acuerdo a la legislación antiterrorista chilena.

El Juez de Garantía de Temuco ha determinado en tres ocasiones (en mayo, julio y octubre) la sustitución de la prisión preventiva por la medida de arresto domiciliario, en consideración a su estado de salud y al efecto que tiene para ella, en su rol de autoridad espiritual, el estar alejada físicamente de su territorio. En las tres ocasiones, la machi Linconao alcanzó a estar aproximadamente una semana fuera de la cárcel, pero la Corte de Apelaciones de Temuco revocó la decisión del Juez de Garantía, decretando nuevamente la prisión preventiva.

“A Amnistía Internacional le preocupa especialmente que en los tres casos, la decisión de la Corte se fundó solamente en no haber cambiado las circunstancias que motivaron el decreto de prisión preventiva original. Al resolver de esta forma, no se ha considerado debidamente la evaluación de su estado de salud, el tiempo prolongado que ha estado en prisión y la evidencia de su buena conducta durante el periodo de investigación”, señaló Piquer.

Cabe recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Norin Catrimán y otros vs. Chile, de 29 de mayo de 2014, ya cuestionó extensamente el uso de la prisión preventiva en un caso en que se aplicó la ley antiterrorista, especialmente debido a la falta de fundamentación acerca de la necesidad de mantenerla en términos muy similares al caso de la machi Linconao.

Antecedentes adicionales

La machi Francisca Linconao ya fue juzgada por el delito de tenencia ilegal de armas, en conexión con el mismo crimen del cual hoy se la acusa, y posteriormente absuelta. De acuerdo a la sentencia absolutoria, las pruebas presentadas en su contra fueron sorprendentemente débiles. Con posterioridad, ella demandó al Estado de Chile y obtuvo en primera instancia una indemnización por daño moral debido a las circunstancias vejatorias en que se produjo su detención en este juicio, especialmente debido a que en dicha detención fue despojada de sus vestimentas tradicionales.

Santiago de Chile, 24 de noviembre 2016

Crónica Digital

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