21 razones para votar en contra de la propuesta aprobada en el Consejo Constitucional

Una síntesis del presente trabajo fue presentada en el Primer Encuentro Metropolitano del FREVS.

Cuando el pasado 30 de octubre, el Pleno del Consejo Constitucional se pronunció sobre la propuesta de nueva Constitución, que resultó impuesta por una mayoría circunstancial de políticos conservadores y de extrema derecha, una de las Consejeras de Unidad por Chile, María Pardo, hizo referencia a una obra del gran escritor Eduardo Galeano: “Patas Arriba: la Escuela del Mundo al Revés”.

En uno de sus capítulos, “Si Alicia volviera”, dice: “Hace 130 años, después de visitar el país de las maravillas, Alicia se metió en un espejo para descubrir el mundo al revés. Si Alicia renaciera en nuestros días, no necesitaría atravesar ningún espejo: le bastaría con asomarse a la ventana”. Si Alicia renaciera hoy en nuestro país, al asomarse a la ventana se encontraría con el engendro constitucional diseñado por los políticos de la ultraderecha y el mundo conservador, en que la realidad de Chile se pretende interpretar al revés.

¿Cuál es el origen del proceso constituyente que ha recorrido Chile? Fue la revuelta social que irrumpió el 18 de octubre de 2019, que cuestionó el abuso, la desigualdad y la exclusión en las diferentes dimensiones de la vida. Es lo que dijo en esos días el entonces Presidente Sebastián Piñera: “Los chilenos piden un Chile más justo y solidario, abren grandes caminos de futuro y esperanza. Todos hemos escuchado el mensaje. Todos hemos cambiado. Con unidad y ayuda de Dios, recorreremos el camino a ese Chile mejor para todos”.

Por eso la ciudadanía impuso a las elites políticas la perspectiva del cambio constitucional, como paso fundamental para que la dignidad se hiciera costumbre.

¿Qué nos ofrecen ahora los conservadores y los extremistas de derecha? Una propuesta de Constitución más neoliberal, más conservadora y más autoritaria que la impuesta por la dictadura cívico–militar en septiembre de 1980.

Categóricamente: no, no es “una que nos una”; no es “una nueva y mejor Constitución”. Es una propuesta constitucional que expresa la concepción ideológica de un sector del país (los conservadores y extremistas de derecha) y los intereses de la derecha económica. Por lo tanto, no es el camino a la cohesión social, la paz y la estabilidad que la ciudadanía y la mayor parte del país anhelan.

A continuación, una revisión no exhaustiva de la propuesta constitucional, en gran medida en base a las reflexiones y análisis de los consejeros constitucionales de Unidad por Chile y sus equipos de trabajo.

1.- La Constitución del abuso

Es una propuesta de Constitución que asegurar consagrar un “Estado Social y Democrático de Derecho”, pero que profundiza la concepción neoliberal de la subsidiaridad, puesto que radicaliza la reconversión de los derechos sociales en mercancías y en negocios privados. En esta perspectiva, el Estado abandona un papel protector, regulador y emprendedor, y las personas dejan de ser sujetos de derecho para quedar reducidos a la condición primaria de consumidores.

2.- La Constitución de la salud según el tamaño del bolsillo

Así, se eleva a rango constitucional el actual sistema de salud, al incorporar explícitamente la existencia de entidades privadas para la administración de los fondos de seguro de salud (ISAPRES). Es decir, solo las personas de más altos ingresos podrían acceder a un sistema de salud de calidad mientras que se perpetuará una salud para los ricos y otra para el resto del mundo. Es decir, se pretende elevar a norma constitucional el acceso a la salud según el tamaño del bolsillo.

3.- La Constitución de la educación de mercado

El derecho a la educación que se enuncia en la propuesta constitucional es letra muerta, puesto que la derecha y extrema derecha rechazaron garantizar constitucionalmente la gratuidad en la educación superior y la prohibición de lucro en instituciones privadas de educación que son financiadas a través de recursos públicos. Se constitucionaliza el “voucher”, es decir el pago por estudiante y no por financiamiento público basal. Asimismo, se garantiza que las instituciones privadas se beneficien con recursos públicos.

Se privilegia la educación privada por sobre la educación pública, en base a una supuesta “libertad de enseñanza”. En base a ese principio, consagra el debilitamiento del currículum basado en el interés del país, así como erosiona las potestades del Ministerio de Educación, consagrando la autonomía de los establecimientos educativos para definir el contenido de su currículum.

4.- La Constitución del negocio de las AFP

Cierra el debate sobre la seguridad social, pretendiendo proteger constitucionalmente el negocio de las AFP. La norma impediría reformar el actual sistema para que se otorguen pensiones dignas,  estableciendo el régimen de capitalización individual como único modelo posible, en circunstancias que solamente ha otorgado bajas pensiones y con una baja tasa de reemplazo. Los conservadores y ultraderechistas rechazaron incluir un derecho relativo a la dignidad en la tercera edad.

5.- La Constitución de los “Papitos Corazón”

La propuesta constitucional genera un riesgo de una posible inconstitucionalidad de la Ley “Papito Corazón”, como consecuencia de su apresuramiento en proteger los intereses de los dueños de las AFP. En efecto, la Ley “Papito Corazón” implica la retención judicial de fondos previsionales por parte del Estado frente al eventual incumplimiento de los deberes alimentarios. Ello, porque la propuesta señala explícitamente que los ahorros derivados de las cotizaciones previsionales “en ningún caso podrán ser (…) apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno”.

6.- Los derechos de los niños, niñas y adolescentes

La derecha y extrema derecha se negaron a reconocer los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como tampoco los deberes estatales al respecto. Se desfiguró el interés superior de los niños, puesto que determinó que quedará sujeto a la determinación prioritaria de los padres (o tutores), lo que pone en riesgo la situación de miles de niños desprotegidos en sus familias de origen o en una situación de abandono. En este sentido, se pretende retroceder respecto a la legislación vigente sobre niños, niñas y adolescentes. Se abre paso a la impunidad de la violencia física, sexual y emocional en su contra.

7.- Los derechos de las mujeres

En materia de derechos de las mujeres, se abre el riesgo de que se declare inconstitucional la ley de aborto en tres causales (es decir, aborto por violación, inviabilidad fetal y riesgo de vida de la madre) que fue promulgada en el Gobierno de Michelle Bachelet, tanto por la norma de la propuesta constitucional que establece que “la ley protege la vida de quien está por nacer” y que “niño es todo ser humano menor de 18 años”. Ello también pone en riesgo políticas públicas como la pastilla del día después.

Por otro lado, en coherencia con la concepción de la extrema derecha y los conservadores, la propuesta constitucional no habla de género, menos de diversidades sexogenéricas, y menos de paridad de género, retrocediendo en consensos de la sociedad. Solo se habla de “acceso equilibrado de hombres y mujeres a las candidaturas a cargos de elección popular”. No se asegura la igualdad salarial entre hombres y mujeres.

8.- La Objeción de Conciencia

Establece la objeción de conciencia, lo que permitirá la inmunidad ante la ley. Se trata del derecho de una persona o institución de eximirse del cumplimiento de una ley por razones relacionadas con su religión. En Chile está consagrada hoy para los médicos e instituciones médicas para objetar realizar un aborto en tres causales, pero ahora se dispone para todas las circunstancias. Así, se podría permitir que un colegio expulse hijos de padres separados, o jóvenes embarazadas, o trans, o a farmacias a vender la píldora del día después, entre una amplia diversidad de posibilidades más.

9.- Los derechos de los trabajadores

Deja en peor situación a las y los trabajadores, puesto que restringe más derechos que la actual Constitución, circunscribiendo el derecho a la huelga solamente al procedimiento de la negociación colectiva. Asimismo, se pretende inconstitucionalizar la negociación ramal y la negociación interempresa, debilitando el poder negociador de las y los trabajadores, y soslayando la relación asimétrica que existe entre empleadores y productores directos. No es sorprendente que se hubieran desestimado las dos Iniciativas Populares de Norma que fueron presentadas por la Central Unitaria de las y los Trabajadores (CUT).

Se consagra la incertidumbre para las y los funcionarios públicos, pues se pretende crear un nuevo estatuto general de contratación, promoción y despidos (sin identificar criterios), lo que pone en riesgo la estabilidad en el empleo y la carrera funcionaria.

10.- La Constitución contra la protección medioambiental

En Medioambiente, se debilita la protección medioambiental, ya que se rechazó establecer los principios fundamentales de prevención, precaución, no regresión, justicia ambiental, proambiente, equidad y justicia climática, y contaminador–pagador. También se rechazó la protección del medio ambiente marino, la biodiversidad, los glaciares y el paisaje natural. Se desestimó modificar la actual regulación para enfrentar la problemática de las zonas de sacrificio. Ello porque se rechazó que “a distribución de cargas y beneficios ambientales estará regida por criterios de equidad”.

Incluso la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente es más robusta y consistente en la protección ambiental que la propuesta constitucional.

11.- La Constitución para lucrar con el agua

La propuesta constitucional pretende perpetuar la propiedad sobre los derechos de agua, yendo más allá que la Constitución vigente, puesto que agrega la facultad de “disponer, transmitir o transferir” las concesiones. Esto genera el riesgo de inconstitucionalizar la última reforma al Código de Aguas, la que estableció una temporalidad de las concesiones. Así, se permite que los privados puedan seguir lucrando con este recurso sin límites.

12.- La Constitución de la discriminación.

La mayoría del Partido Republicano y Chile Vamos en la Convención Constitucional eliminó la norma contenida en el anteproyecto de la Comisión Experta, que establecía la prohibición de “toda forma de discriminación, directa o indirecta”, además del deber para los poderes públicos de considerar especialmente la confluencia de más de un motivo de diferencia arbitraria.

13.- La Constitución para el bolsillo de los grandes empresarios

Se establecieron normas tributarias para que los grandes empresarios demanden al Estado si consideran que el pago total de sus impuestos es “desproporcionado”, permitiendo su disminución de impuestos. Las derechas blindan los negocios privados en salud, educación y pensiones, mientras que al Estado lo dejan sin recursos suficientes.

Asimismo, la derecha y ultraderecha se opuso a las normas que sancionaban la elusión y la evasión.

14.- La Constitución que condena a la mayoría de los municipios al desfinanciamiento

Consagra el desfinanciamiento de los municipios, en especial los con menos recursos, por la eliminación de contribuciones. Así, se aprobó una enmienda que establece una exención tributaria a las contribuciones de las primeras viviendas, lo que desfinancia a un número importante de las municipalidades del país, por la afectación al Fondo Común Municipal, que es la fuente de ingresos de hasta un 90% de algunas comunas, en circunstancias que solo el 12,8% de los inmuebles paga contribuciones como primera vivienda. En concreto, ello tendrá un impacto directo sobre ámbitos fundamentales para comunidad como las áreas verdes o la seguridad vecinal.

15.- La Constitución que debilita la capacidad del Estado de fiscalizar el abuso

Se consagró la imposibilidad de utilizar el derecho administrativo sancionador. La propuesta coloca tantos límites al ejercicio de la potestad sancionadora del Estado, que dejará sin margen de acción a las agencias administrativas que supervisan el correcto desempeño de prestadores públicos y privados. Esto hace imposible pensar, por ejemplo, en un SERNAC con facultades robustas y debilita también a las Superintendencias, así como a organismos de tanta importancia como la Dirección General de Aguas o la Dirección del Trabajo.

16.- La Constitución que debilita la lucha contra la corrupción y en defensa de la probidad

En materia de probidad, se rechazaron todas las normas que ampliaban la fiscalización a los privados que reciben fondos estatales o cumplan funciones públicas, pero sí se aprobó la creación de una agencia nacional contra la corrupción, pasando por alto las experiencias negativas en los países que concentraron esas funciones en un órgano (por el riesgo de captura).

17.- La Constitución que debilita el ejercicio de la soberanía popular

El Tribunal Constitucional permanece como “tercera cámara”: queda el mismo Tribunal Constitucional hoy existente que puede bajar proyectos de ley que ya han sido aprobados por el Congreso Nacional, como cuando se buscó dar mayores facultades al SERNAC y ello lo declararon inconstitucional. Es decir, se otorgan facultades de sobredeterminación en materia legislativa a un organismo que no es generado por la soberanía popular, sino que tiene carácter no electivo.

18.- La Constitución que no obliga a las instituciones castrenses a respetar los Derechos Humanos

La derecha y la extrema derecha rechazaron que las Fuerzas Armadas deban respetar el orden democrático constitucional y los derechos humanos.

19.- La Constitución que consagra beneficios a homicidas, violadores y autores de graves delitos

Se estableció a nivel constitucional el beneficio carcelario de arresto domiciliario en caso de enfermedad terminal. Esto permitirá dejar en libertad a personas que hayan cometido diversos delitos graves, incluyendo los violadores de los derechos humanos, los violadores o los autores de homicidio o feminicidio, delitos sexuales o narcotráfico, entre otros.

20.- La Constitución del negacionismo

Se aprobó una norma que puede implicar poner en duda la validez de los Informes Rettig y Valech, ya que la propuesta constitucional determina: “[El Estado] en caso alguno podrá establecer ideas u opiniones como únicas u oficiales”, agregando que “tampoco podrá sancionar la expresión de ideas u opiniones contrarias a la manifestada por el Estado, sus organismos, autoridades o funcionarios”.

De este modo, el reconocimiento del poder público a la sistemática violación a los derechos humanos en el período de la dictadura cívico–militar en lo sucesivo podría ser considerado inconstitucional, así como esfuerzos como la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato, que existió en el Gobierno de Ricardo Lagos.

21.- La Constitución del cerrojo a la soberanía popular

Por último, se estableció un quórum antidemocrático para cambiar la Carta Fundamental. En efecto, se aumentó el quórum para reformar la Constitución. El año pasado se disminuyó de manera inédita en el Congreso el quórum de reforma constitucional a 4/7 y con esta propuesta se aumenta a 3/5. Es una propuesta de Constitución que no solamente expresa la visión e intereses de un sector de la sociedad, sino que además pretende quedarse en el largo plazo.

Además, se establece un sistema electoral que distorsiona la expresión de la soberanía popular, pues determina una cifra de 138 diputados, sin razones ni argumentos técnicos, disminuyendo la representación por distrito en base a un cálculo desconocido, tornando binominal la elección en algunos territorios electorales y sobrerrepresentando zonas con menos habitantes. La gobernabilidad de la que se habla no es más que la sospecha a la soberanía popular y el intento de impedir su plena expresión soberana.

Por Víctor Osorio. El autor es periodista, académico y ex Ministro de Estado.

Santiago, 8 de noviembre 2023.

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