CÁMARA SOLICITA MODIFICAR TODOS LOS CUERPOS NORMATIVOS CORRESPONDIENTES A LAS DENOMINADAS “LEYES SECRETAS”

El proyecto de resolución plantea también que se pida al Ejecutivo que se suspenda la categoría de «Secretas» a todas las leyes que tengan el carácter de reservadas, dictadas tanto en el citado período como en tiempos posteriores.

La Cámara de Diputados aprobó, por 65 votos a favor, 23 en contra y 11 abstenciones, elproyecto de resolución 347, que solicita a la Presidenta de la República que se modifique a todos los cuerpos normativas denominados “Leyes Secretas”, dictados desde 1973 a 1990, con el fin de extinguir ese atributo.

En línea con lo anterior, también se pide al Ejecutivo que se suspenda la categoría de «Secretas» a todas las leyes que tengan el carácter de reservadas, dictadas tanto en el citado período como en tiempos posteriores.

El propuesta fue presentada a la Sala el pasado 5 de mayo por la diputada Marcela Hernando (PRSD) junto a los diputados José Pérez (PRSD), Ricardo Rincón (DC), Pepe Auth(PPD), Iván Flores (DC), Marcos Espinosa (PRSD), Karol Cariola (PC), Daniella Cicardini(PS), Carlos Abel Jarpa (PRSD) y Joaquín Tuma (PPD).

Los autores pusieron de relieve los principios de publicidad y libre acceso a la información en la legislación nacional y recordaron que del artículo octavo de la Constitución se puede desprender que los actos y resoluciones de los órganos del Estado son públicos, asi como sus fundamentos y procedimientos que les den origen.

Asimismo, plantearon que la Ley 20.285, sobre información reservada y secreta, reconoce de manera excepcional, la posibilidad de que algunos actos, resoluciones, fundamentos y procedimientos tengan el carácter de secretos o reservados. “Solo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquellos o de estos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”, detallaron.

Los diputados precisaron que la citada ley detalla también algunos casos de caducidad: cuando otra ley de la misma jerarquía deje sin efecto la calificación de reserva o secreto; o cuando se hacen efectivos ciertos plazos para actos calificados como tales, donde el periodo base es de 5 años, prorrogable, total o parcialmente otros 35 años. Sin embargo, mantendrán permanente la calificación los actos en el ámbito de la Defensa Nacional que establezcan la planificación militar o estratégica y aquellos cuyo conocimiento o difusión puedan afectar la integridad territorial de Chile, la interpretación o el cumplimiento de un tratado internacional en materia de límites, la defensa internacional de los derechos de Chile y la política exterior del país de manera grave.

Destacaron que las causales de caducidad no son vinculantes para las normas legales que han sido calificadas como secretas y reservadas, como sería el caso de las dictadas entre los años 1973 y 1990.

Santiago de Chile, 11 de mayo 2015
Crónica Digital / Agrencias

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