¿Qué ocurrió después con el entonces Canciller uruguayo? ¿Cómo pudo ser tan radical su cambio? Muy sencillo, fue designado Secretario General de ese desprestigiado organismo internacional llamado Organización de Estados Americanos, la OEA, aquel viejo instrumento de la política exterior del gobierno norteamericano. Es la misma OEA que tanto conocemos y que tan determinantemente fija la conducta de sus secretarios generales. Amarga es nuestra propia experiencia al respecto.
Es ese transformado Almagro el hoy obsesivo, enfermizo, persecutor del gobierno venezolano ; para él no hay límites y su conducta ha perdido toda sensatez y cordura. La tarea que le fue encomendada por quien manda en la malhadada OEA es lograr la derrota del proceso bolivariano. La Casa Blanca y el Pentágono necesitan el control del petróleo y encontraron al hombre preciso ; como han denunciado tanto la central de trabajadores del país del personaje, el PIT- CNT y las organizaciones sociales más importantes del Uruguay: “Almagro se ha ensañado contra el proceso venezolano buscando cualquier excusa para arremeter contra un gobierno democráticamente electo por su pueblo”.
Lástima grande que a la campaña de Trump, de Almagro, de la OEA y las transnacionales en contra del gobierno venezolano se sumen personajes y autoridades que, sin la más mínima preocupación por enterarse de las normas jurídicas propias de Venezuela, tanto constitucionales como legales, no han dudado en adherir a la ofensiva golpista contra el gobierno del presidente Maduro calificando de “golpe de Estado” la resolución del más alto tribunal de Justicia de ese país que, con estricto apego al Derecho, hace uso de normas legales explícitas.
Nuestro país no ha sido excepción y estos días hemos visto y escuchado a los mismos medios de comunicación reaccionarios y a políticos de partidos de todo el arco de los que empujaron en Chile el golpe del 73, incluidos individuos que se pretenden de “izquierda” sumándose a la ofensiva golpista de los sectores más reaccionarios del continente en contra del proceso bolivariano. Confunden, mañosa e intencionadamente, los conceptos de democracia, legalidad, institucionalidad, independencia y la relación de los distintos factores de poder y la soberanía de cada Estado para darse la organización política que estime. Curiosamente, esa es la norma primera de la Carta de la OEA. ¿Lo sabrán los críticos de Maduro?
Para información de aquellos recordémosle que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 336.9 otorga facultades a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para resolver cualquier situación que se presente entre los Poderes Públicos. No hay pues tal “autogolpe”. Ya antes se ha hecho uso de esa facultad por ese mismo tribunal y nadie dijo nada.
Esta vez se ha tratado simplemente de resolver un problema específico y concreto a la luz del Derecho venezolano en relación a una normade la ley venezolana de hidrocarburos que establece que los convenios internacionales y asociaciones extranjeras deben ser aprobados por la Asamblea Nacional ; como ella hoy se encuentra en situación de desacato y no es posible paralizar financieramente al país, el Tribunal Supremo de Justicia decidió que asumía las competencias de la Asamblea en las que se omitan sus obligaciones, para los efectos de poder aprobar esos contratos o esas asociaciones en tiempos en que son conocidas las dificultades financieras del Estado venezolano. La norma constitucional citada precedentemente autoriza tal decisión claramente. Es absolutamente falso que se hubiera “disuelto” el órgano legislativo como acusan los golpistas reales ; agreguemos que por lo demás la facultad de disolución el parlamento existe en numerosas constituciones de otros países
Pero hay todavía más. ¿ No es demasiada obvia la maniobra golpista de los reaccionarios de todo pelaje de este continente si se recuerda que, en cambio, cuando de modo ilegal el 9 de enero de este mismo año, la Asamblea Nacional tomó una decisión destituyendo al propio Presidente de la República, acusándolo falsamente de abandono del cargo, con el voto de todos los diputados de oposición, excepto la honrosa excepción de tres diputados, nadie haya dicho nada? Porque eso sí fue un acto sedicioso, golpista, inconstitucional. Pero ni en Chile ni en parte alguna se protestó por ello aunque no hay norma jurídica venezolana alguna que autorice destituír ilegalmente al Presidente y a convocar sin fundamentos a elecciones presidenciales en el plazo de un mes. Eso sí es golpismo puro y duro.
Por Eduardo Contreras
Exembajador de Chile en Uruguay
Abogado de derechos Humanos
Santiago de Chile, 5 de abril 2017
Crónica Digital
Inteligente reflexión sobre Venezuela, gracias