CORTE ANALIZA SEGUNDO AMPARO DE PINOCHET

Las víctimas, que también figuran en la Lista de los 119, son Héctor Garay Hermosilla, Juan Carlos Perelman y Antonio Cabeza Quijadas.

El magistrado encargó reo al ex gobernante de facto y dispuso su arresto domiciliario tras acreditar que estuvo al tanto de las acciones represivas que ejecutó la policía secreta, Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) para neutralizar a los grupos opositores del régimen militar.

Paralelamente, el ex jefe castrense está encargado reo por las desapariciones de otros seis opositores al régimen castrense: los hermanos Carlos y Aldo Pérez Vargas, Bernardo de Castro, Roberto Aranda, Manuel Miguel Acuña y Modesto Espinoza.

SUPREMA DEJA PENDIENTE RESOLUCIÓN DE PRIMER AMPARO

La Segunda Sala de la Corte Suprema mantiene en acuerdo el veredicto por el recurso de amparo que interpuso la defensa de Pinochet Ugarte para dejar sin efecto los encausamientos dictados por seis desapariciones de disidentes al régimen militar.

La medida fue resuelta luego de concluir ayer martes los alegatos de las partes ante la Sala en lo Penal del máximo tribunal, que antes de pronunciarse decretó para mejor resolver tener a la vista un informe de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre los hechos acontecidos en la conformación de la Sexta Sala el pasado 2 de diciembre, y que obligaron a la parte querellada a inhabilitarse de participar en la audiencia, que terminó por rechazar el libelo presentado a favor del ex comandante en jefe del Ejército.

Preliminarmente el tribunal estaba integrado por los ministros Haroldo Brito, Lamberto Cisternas, y el abogado Roberto Mayorga, quien fue inhabilitado por la defensa y en su reemplazo, se colocó al magistrado Cornelio Villarroel.

La llegada de Villarroel hizo que los acusadores objetaran su participación por ser proclive a dictar veredictos que han terminado favoreciendo al ex jefe castrense, siendo relevado por el abogado integrante Nelson Pozo. Esta última modificación hizo que la defensa de Pinochet renunciara a participar en los alegatos, dejando en el estrado a los juristas querellantes Hernán Quezada, Hiram Villagra y Boris Paredes.

Aquel día, el tribunal de alzada capitalino fundamentó su negativa en que dicho libelo no es la forma para impugnar la encargatoria de reo decretada hace ocho días por el ministro de fuero Víctor Montiglio, y por tanto, validó las resoluciones adoptadas por el magistrado en esta causa, ya que emanaron de la autoridad competente dentro de sus facultades y con mérito para ello. No puede afirmarse que los procesamientos carezcan de fundamento, por lo que no es posible acoger la petición de dejarlos sin efecto, consigna el escrito.

El análisis pormenorizado de los distintos aspectos que pueden plantearse para impugnar un auto de procesamiento más allá de las cuestiones evidentes y urgentes propias del amparo, tiene su vía propia en el recurso de apelación, contemplado expresamente en el procedimiento y que no puede sustituirse por la presente que tiene otra naturaleza y objetivo, se indica en el fallo en el que se pronunciaron los magistrados Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y el abogado integrante Nelson Pozo.

La sala argumentó que el juez del caso dictó resoluciones ajustadas a derecho y atribuciones que le había encomendado la Corte Suprema, en orden a interrogar, efectuar exámenes médicos y otras diligencias con el claro objetivo de determinar si el otrora gobernante de facto estaba en condiciones de enfrentar un juicio.

Agrega que en mérito de los antecedentes que permitieron establecer un hecho punible, es válido el procesamiento decretado por Montiglio hace ocho días y que como medida cautelar dispuso que el imputado quedara sujeto a arresto preventivo.

«Como medidas para mejor resolver decrétanse las siguientes:

1.- Requiérase a la Corte de Apelaciones de Santiago la remisión de las actas de instalación de la Sexta Sala correspondientes a la audiencia del día 2 de diciembre en curso.

2.- Informe del Sr. Presidente de dicha Corte respecto de las veces que constituyó Sala en esa oportunidad, personas que la integraron y razones que tuvo para ello.

3.- Informe el Ministro Sr. Villarroel si se instaló en la Sala que conoció del amparo y, en el evento de ser efectivo, motivos por los cuales se habría retirado posteriormente.

4.- Informe el Relator que actuó en esa oportunidad respecto de las certificaciones que se leen a fojas 12 vuelta y 13, si ellas reflejan la totalidad de lo ocurrido en la audiencia con relación a esta causa y si puso en conocimiento de los abogados que concurrieron a estrados las sucesivas integraciones de la Sala. Las medidas decretadas deberán ser cumplidas a la brevedad. Rol Nº 6277-05», consigna el texto de la resolución del martes pasado.

OPERACIÓN COLOMBO

La Operación Colombo o también denominada como el Caso de los 119, fue una campaña propagandística en la que medios de comunicación informaron que los opositores de Pinochet, en su mayoría miristas, se habían abatido entre ellos debido a las pugnas de poder.

En 1975, arreciaban las críticas contra la junta ante las denuncias sobre las violaciones de los derechos humanos realizadas por los exiliados y los partidos de izquierda, que fueron recogidas, además, en informes de organizaciones como Amnistía Internacional.

Para neutralizar estas críticas, que Pinochet atribuía a la propaganda comunista, la DINA organizó una campaña de desinformación, cuyo objetivo era convencer a la opinión pública nacional e internacional de la inexistencia de desaparecidos en Chile.

Así, el 15 de julio se publicó en Buenos Aires el único número del semanario Lea, que en un reportaje titulado La Vendetta Chilena citaba a sesenta militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que habrían sido asesinados por sus propios compañeros en América Latina y Europa.

Su distribución estuvo a cargo del Ministerio de Bienestar Social argentino, cuyo titular era José López Rega, uno de los fundadores de la ultraderechista Alianza Anticomunista Argentina, imputada en más de mil asesinatos y desapariciones entre 1974 y 1977.

Además, el 24 de julio el vespertino chileno ultra concervador La Segunda reprodujo, bajo el titular Exterminan como ratas a miristas, una información falsa publicada siete días antes por el periódico O Dia de Curitiba (Brasil) en la que nombraba a los 59 militantes del MIR que habrían muerto, habrían sido heridos o se habrían evadido tras dos supuestos enfrentamientos entre la policía de Salta (Argentina) y grupos guerrilleros.

Santiago de Chile, 15 de diciembre 2005
Crónica Digital/Agencias , 0, 48, 3

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