PIDEN A JUAN EMILIO CHEYRE COMPARECER ANTE LA JUSTICIA

El abogado querellante en los casos de Antuco, donde murieron 44 jóvenes reclutas y un sargento, y la Atártica, en que perecieron tres efectivos, dijo que la única forma en que el controvertido general puede transparentar los hechos es declarando ante un juez no militar.

Alfredo Morgado, quien actúa en representación de las familias, insistió que ambos casos se resolverían de una manera más clara si se designara un magistrado civil, pues quienes actuan ahora son jueces militares, subordinados por tanto al alto mando del Ejército.

Destacó que en esos casos, las anormalidades que se hacen en las unidades pasan a ser responsabilidades de aquel que las comete y no del mando, cuando la jefatura de la institución castrense debería asumir la parte que le corresponde.

El 2005 fue un período agrio para el Ejército chileno y su comandante en jefe: cuatro meses después de la mayor tragedia militar en tiempos de paz se produjo la caída de una patrulla en el continente blanco que implicó la muerte de un capitán y dos suboficiales.

El suceso fue atribuido a un imprevisto en una misión oficial, pero en realidad se debió al rescate no autorizado de un trineo perdido con valiosos equipos, que no se había informado por la jefatura de la Base O Higgins, en la Antártica, por temor a ser sancionados.

El entramado de ocultamiento de información y acusaciones mutuas, coincidió con el dictamen de sentencias en el caso Antuco y que, en definitiva, reflotó los dos grandes escándalos de la gestión de Cheyre a sólo semanas de dejar su cargo.

Preocupado por el tremendo impacto que ambos casos han tenido en la opinión pública nacional, el jefe castrense insistió ayer en una larga entrevista concedida al diario La Tercera en su inocencia y atribuyó las catástrofes «a criterios mal aplicados» por los mandos inferiores.

«Se hace una cosa quizá no con mala intención, pero se comete un grave error y queda una tremenda consecuencia, trágica, que luego se pretende tapar, y que contrasta con todo lo que hemos hecho para tener un Ejército más profesional y eficiente», apuntó.

Mientras tanto, el gobierno del presidente Ricardo Lagos, salió nuevamente en defensa del general, a quien atribuye un «importante rol» en el «adecentamiento» y modernización del Ejército formado por el ex dictador Augusto Pinochet.

«Por primera vez en 40 años, no hay problemas entre el mundo civil y militar», afirmó el ministro portavoz, Osvaldo Puccio, en línea con la estrategia de La Moneda para impedir que los escándalos empeñen los mandatos, tanto de Cheyre como de Lagos, que culminan en marzo próximo.

La repercusión de ambas tragedias, que no son los únicos problemas que ha tenido que enfrentar la institución en los últimos años, puede incidir en el esperado anuncio por parte del mandatario de la adquisición de unos 300 poderosos tanques alemanes para el Ejército.

Según medios locales, la compra ya había sido aprobada por el Ministerio de Hacienda y Lagos estaba preparado para anunciarlo antes de entregar La Moneda a la presidente electa, Michelle Bachelet, a fin de evitarle «un mal comienzo» en las relaciones con sus vecinos.

Analistas citados por el periódico digital El Mostrador afirmaron que no sería apropiado en medio del fuerte cuestionamiento del ejército y su alto mando aparecer invirtiendo decenas de millones de dólares en nuevas compras de armas para la institución.

Santiago de Chile, 13 de febrero 2006
Crónica Digital/PL , 0, 42, 3

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IMPUESTO A LA RENTA EN LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA

Lun Feb 13 , 2006
La producción de cereales, hortalizas, fruticultura, cultivos industriales, viñas y ganadería, entre otras, se encuentran dentro de este rubro. Por su parte, la actividad silvícola comprende todas las operaciones necesarias para regenerar, explotar y proteger los bosques, así como para recolectar sus productos; vale decir, incluye actividades de forestación (plantación, replante, transplante y conservación de bosques y zonas forestadas), más la explotación o cosecha de bosques, tanto nativos como plantaciones. Impuesto a la Renta Para cumplir con una de las obligaciones contenidas en la Ley sobre Impuesto a la Renta, los contribuyentes que desarrollan actividades agropecuarias pueden solicitar un régimen de Renta Presunta que, en términos simples, es una de las formas de gravar la renta de la actividad agrícola en proporción al avalúo de los predios que posee o explota. Quienes estén interesados en esta alternativa de tributación deben cumplir con los siguientes requisitos: ser propietario o usufructuario de predios agrícolas; poseer o explotar, a cualquier título, uno o más predios agrícolas; contar con ventas anuales propias y de las sociedades y comunidades relacionadas menores o iguales a 8.000 UTM, vigentes al 31 de diciembre de cada año ($252.568.000, al 31 de diciembre de 2005) y, además, no ser una Sociedad Anónima ni extranjero con actividades agrícolas en Chile y que viva fuera del país. Al mismo tiempo, podrán acogerse a este régimen las comunidades, cooperativas, sociedades de personas u otras personas jurídicas que estén formadas exclusivamente por personas naturales. Si se trata de una persona natural vinculada con una sociedad o una comunidad que, en conjunto superen las 8.000 UTM, podrá continuar bajo el régimen de Renta Presunta si las ventas anuales propias de su actividad agrícola son menores o iguales a 1.000 UTM, también vigentes al 31 de diciembre de cada año. Se recuerda que los contribuyentes acogidos a Renta Presunta deben presentar hasta el 12 de cada mes el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos. Régimen de Renta Efectiva Por norma general, el sector agropecuario tributa en la primera categoría con renta efectiva, dado que su rentas provienen de la explotación de un recurso natural. Por lo anterior, el contribuyente deberá llevar Libros Caja, Diario, Mayor e Inventarios y Balances, además de los libros auxiliares que exija la ley, tales como Libro de Ventas Diarias, de Remuneraciones, de Impuestos Retenidos y el Registro del Fondo de Utilidades Tributables (FUT). Podrán acceder a un régimen de renta efectiva aquellos contribuyentes de la actividad agrícola que no cumplan con los requisitos para incorporarse a la presunción de renta y, a la vez, aquellos que tengan Renta Presunta y deseen acogerse a este sistema de tributación. Contabilidad agrícola simplificada Una tercera forma de cumplir con el Impuesto a la Renta es a través de un sistema de contabilidad agrícola simplificada, el que puede definirse como la determinación de renta al que pueden acogerse los agricultores, en que el resultado del ejercicio y el impuesto determinado se calcula en función de la diferencia entre el monto […]

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