COLEGIO DE PERIODISTAS CALIFICA DECISIÓN DEL SERVEL COMO RESTRICCIÓN A LA “LIBERTAD DE EXPRESIÓN POLÍTICA”

Llamaron al Servel a reconsiderar la medida recurriendo a la acepción que la propia Real Academia Española de la Lengua entrega sobre el concepto “revolución” y que es “cambio rápido y profundo en cualquier cosa”.

Señalaron que esto reafirma necesidad de contar con una nueva Constitución, mediante una asamblea constituyente, “para que el pueblo decida su Carta Fundamental”.

La Mesa Directiva del Colegio de Periodistas de Chile se refirió esta tarde a la controversia generada producto del rechazo del Servicio Electoral a la inscripción del partido Revolución Democrática.  El cuestionamiento el organismo del Estado apuntó al uso de la palabra “revolución” en el nombre dela colectividad porque “la mayoría de sus acepciones indican o dan a entender eventuales acciones contrarias al orden público y a la paz social, lo que viene a vulnerar los artículos 4 y 19 de la Constitución y el artículo dos de la Ley dePartidos Políticos«.

Ante esto en la orden profesional señalaron que la medida demuestra la “vigencia de la necesidad de generar un cambio profundo en el país, con una nueva Constitución ya que la actual permite interpretaciones que se utilizan para limitar a distintos tipos de derechos, en este caso políticos y ciudadanos como el de la libertad de expresión.  Y eso, reafirmamos, renueva la necesidadde una asamblea constituyente para que el pueblo decida su Carta Fundamental”.

Agregaron que en este caso “hay un problema en torno al derecho que tiene un partido a utilizar un nombre que les represente y por el cual ya son reconocidos públicamente, accediendo legítimamente a un espacio en el ámbito público.  En días en que se requiere diversidad de voces, esto es en el fondo también una restricción a la libertad de expresión política”.

Hicieron un llamado al Servel para que “reconsidere la medida y recurra a la acepción que la propia Real Academia Española de la Lengua entrega sobre el concepto ‘revolución” y que es ‘cambio rápido y profundo en cualquier cosa’. No entendemos por qué se debiera asimilar, exclusivamente, a la definición que según el Servicio Electoral avalaría la decisión tomada”.

Santiago de Chile, 2 de octubre 2015
Crónica Digital

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