La Corte Suprema dirimió la competencia entre la justicia civil y militar, entregando al Juzgado de Garantía de Valparaíso la tramitación del proceso abierto en contra de personal de Carabineros por lesiones provocada en mayo de 2015, en el marco de la represión de incidentes en la ciudad puerto.
En fallo unánime (causa rol 4.013-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm– determinó que el Juzgado de Garantía de Valparaíso y no el Segundo Juzgado Militar de Santiago, es competente para investigar la causa por las lesiones menos graves que sufrió Patricia Estay Barrera.
«Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por la Sra. Fiscal Judicial Subrogante y lo previsto por el artículo 1° de la Ley N° 20.477, se declara que es competente para seguir conociendo de esta causa el Juzgado de Garantía de Valparaíso, a quien deberán remitírsele los antecedentes. Comuníquesele lo resuelto al Segundo Juzgado Militar con asiento en Santiago», sostiene el fallo.
Estay Barrera sufrió, el 21 de mayo de 2015, una serie de lesiones producto del actuar de funcionarios Carabineros, hechos por los cuales dos miembros de la policía uniformada fueron procesados y sobreseídos por la justicia militar.
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Santiago de Chile, 23 de febrero 2017
Crónica Digital / http://www.pjud.cl/
Jue Feb 23 , 2017
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó sendos autos de procesamiento en contra de carabineros en retiro y ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en delitos de secuestro calificado, perpetrado a partir de septiembre de 1973 y enero de 1974, respectivamente. En la primera resolución (causa rol 04-02 I «Paine – Subcomisaria de Paine»), la ministra Cifuentes sometió a proceso a José Osvaldo Retamal Burgos, en calidad de autor del delito consumado de secuestro calificado de Alberto Leiva Vargas; en tanto, Filimón Tránsito Rivera Rivera fue procesado como autor del secuestro calificado de Luis Nelson Cádiz Molina. Ilícitos cometidos a partir del 14 de septiembre de 1973. La investigación en esta etapa procesal, permite tener por establecidos los siguientes hechos: «El día 14 de septiembre de 1973, tras tomar conocimiento de un requerimiento en su contra, Luis Nelson Cádiz Molina se presentó voluntariamente en la Subcomisaria de Paine, unidad policial a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, en la que se encontraban de servicio el cabo José Osvaldo Retamal Burgos y el carabinero Filimón Tránsito Rivera Rivera, lugar en el que se le mantuvo encerrado, sin derecho, desconociéndose hasta la fecha su paradero. Que, el mismo día, mientras se encontraba en su domicilio ubicado en Baquedano N° 806 de la comuna de Paine, Alberto Leiva Vargas fue detenido, sin derecho, por funcionarios de la Subcomisaria de Paine, y trasladado a dicha unidad policial a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, en la que se encontraba de servicio el cabo José Osvaldo Retamal Burgos, lugar en que se le mantuvo encerrado, desconociéndose hasta la fecha su paradero». Londres 38 y Tejas Verdes En una segunda resolución (causa rol 12-2015), la ministra Cifuentes procesó a los agentes de la DINA César Manríquez Bravo, Sergio Castillo González, Ciro Torré Sáez, Klaudio Erich Kossiel Hornig, Raúl Pablo Quintana Salazar y Vittorio Orvietto Tiplitzki, en calidad de autores de los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos a Luz de las Nieves Ayress Moreno, ilícitos perpetrados a partir del 30 de enero de 1974. La investigación de la causa permite tener por establecido la siguente secuencia de hechos: «1.-Que el día 30 de enero de 1974, agentes pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional, D.I.N.A., organismo dirigido por el Coronel de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, actualmente fallecido, llegaron a la fábrica ubicada en calle San Joaquín N° 1430 de la comuna de San Joaquín y detuvieron, sin derecho, a Luz de las Nieves Ayress Moreno, militante del Partido Socialista de Chile. 2.-Que, acto seguido, trasladaron a Luz de las Nieves Ayress Moreno, en una camioneta, encapuchada y esposada, hasta el «Cuartel Londres 38», centro de detención clandestino de la D.I.N.A., a cargo del oficial de Ejército César Manríquez Bravo, en el que cumplía funciones en esa época Sergio Castillo González, también oficial del Ejército de Chile. 3.-Que, […]