Contundente fallo del Tricel valida legitimidad de la actual dirigencia de la CUT

Por 5 votos a favor y 0 en contra, el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) revocó el fallo del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana (TER) declarando de esta forma válido el proceso de elecciones de mayo 2017 de tal manera que –definitivamente– no existe ningún cuestionamiento a la legitimidad de los actuales dirigentes de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).

“Este es un fallo definitivo, no cabe ningún recurso en su contra, no hay ninguna otra instancia posible. El fallo de primera instancia ha sido revocado por el Tribunal Calificador de Elecciones y ha declarado válida en todas sus partes la elección de la Central Unitaria de Trabajadores celebrada en mayo de 2017 y por tanto no hay ningún cuestionamiento a la legitimidad que tiene la directiva actual de la CUT. Con esto se da por terminado el proceso de reclamaciones electorales que se habían interpuesto en dicho año”, explicó el abogado a cargo de la defensa de la CUT, Gabriel Osorio.

La CUT celebró la contundente sentencia definitiva del Tricel –última instancia en materia electoral del país– que revirtió el fallo de primera instancia del TER Metropolitano que declaraba nula las elecciones de mayo 2017, ordenando repetir las elecciones, el cual fue apelado por la Central, considerando que el proceso en cuestión se llevó con todas las plenas garantías.

La presidenta de la Central, Bárbara Figueroa dijo que con este fallo definitivo se reconoce la autonomía de las organizaciones intermedias de la sociedad tal cual está estipulado en la propia Constitución Política del país, en este caso respecto de la organización de las elecciones de mayo del 2017, decisión que fue adoptada en el Congreso Nacional de la CUT de enero 2017, que es la máxima instancia de resolución de la CUT.

Esas elecciones se ejecutaron  de acuerdo a lo que había sancionado el TER el 10 de mayo del 2017: realizar una nueva elección con un padrón revisado, con una revisión de las candidaturas, es decir, haciendo todo un proceso de limpieza, dando garantías respecto del proceso electoral que no se habían cumplido para las fallidas elecciones del 2016.

Asimismo, hizo un llamado al Ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, a que se refiera públicamente sobre este fallo en favor de la CUT, tal como lo hizo la vez anterior con el fallo en contra: “Frente a este pronunciamiento definitivo que el Ministro nuevamente se pronuncie y valide y legitime el rol de esta institución que es la Central más representativa del país y que hoy, tras pronunciamiento de tribunales  cuenta con una plena legitimidad”.

Por su interés, reproducimos en forma íntegra la declaración de la CUT:

DECLARACIÓN PÚBLICA

Ante el fallo en segunda instancia y definitivo del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) emitido el 24 de julio de 2019, que revirtió por 5–0 su anterior sentencia, como Central Unitaria de Trabajadores declaramos lo siguiente:

  1. Celebramos esta contundente sentencia definitiva que respalda plenamente lo que nosotros sostuvimos respecto de la validez del proceso electoral del 30 de mayo de 2017. Lo señalamos en su minuto y lo reafirmamos, reconocidas las irregularidades del proceso electoral de agosto del 2016, nos imponía el deber de convocar un nuevo proceso electoral que contará con todas las garantías y transparencia para desarrollar no solo una nueva elección, sino por sobre todo, un proceso electoral que partiendo por la revisión del padrón asegurase la legitimidad del proceso y los directivos electos.
  2. Lo que el fallo de primera instancia del Primer Tribunal Electoral (TER) de la Región Metropolitana había reconocido de las materias reclamadas fue que, no correspondía que mientras todavía el TER estaba debatiendo el fallo sobre el malogrado proceso de elección 2016, nosotros estuviésemos ya diseñando un nuevo proceso electoral, sin esperar cuál era la resolución de esa sentencia. Ese es el punto sobre el cual se pronunció el TER en primera instancia, y que a nuestro juicio relativizaba la autonomía de los grupos intermedios reconocida en la constitución y que, en este caso en particular, atentaba contra la autonomía y libertad sindical.
  3. Por lo tanto, es menester reiterar que el Tribunal, ni en primera ni en segunda instancia, se allanó a ninguna irregularidad denunciada por los demandantes respecto del Padrón Electoral y la pertinencia de las candidaturas que se presentaron en la oportunidad.
  4. Hoy, la tarea del movimiento sindical sigue siendo la defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras y no hay ningún otro obstáculo que impida que la CUT se despliegue en esta tarea. Cuando estamos enfrentados al cierre de empresas, miles de despidos, temor a perder el empleo, amenazas frente al desafío de la revolución tecnológica, entre otros, la acción de todos nuestros dirigentes nacionales y provinciales debe estar volcada al objetivo de revertir esta tendencia y debatir con las organizaciones sociales y políticas, cómo enfrentar estos desafíos.
  5. Esperamos que tal como opinara tempranamente el ministro del trabajo, sobre el fallo en primera instancia, hoy se pronuncie reconociendo la validez y legitimidad de toda la dirigencia nacional y provincial de la Central Unitaria de Trabajadores, que tras este fallo final ha sido ratificada con plena contundencia.

Central Unitaria de Trabajadores de Chile

CUT Chile

Santiago, 24 de julio 2019

Crónica Digital.

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