PARLAMENTO PIDE POSTERGAR ADQUISICIÓN DE SATÉLITE

El presidente de la Comisión de Defensa de la instancia parlamentaria, Patricio Hales, informó que la solicitud ya fue cursada a fin de detener la operación en curso con el consorcio espacial EADS, valorado en 38 millones de euros.

Según la ministra de Defensa, Vivianne Blanlot, la compra de esta sonda fue inicialmente decidida a mediados del año pasado durante la administración del presidente Ricardo Lagos, cuando incluso se firmó un convenio de intención.

Fuentes oficiales indicaron durante la visita del presidente francés Jacques Chirac a Santiago a fines de mayo pasado que el nuevo Gobierno se tomará hasta mitad de julio para decidir si ratifica o no la decisión.

El satélite, con cámaras de alta resolución, tendrá uso militar y civil y será operado por personal de la Fuerza Aérea en instalaciones que serán financiadas, a su vez, por las compensaciones económicas derivadas de la compra de 10 aviones F-16 en Estados Unidos.

«Quiero decir que hace más de un mes manifestamos a la titular de Defensa que no queríamos más decisiones unilaterales del Gobierno en la compra de armamentos, sin información directa a la Cámara de Diputados», subrayó el diputado del Partido por la Democracia (PPD).

Hales se sumó, de esta forma, a las dudas planteadas por el también diputado oficialista Jorge Burgos, quien ha subrayado que aún existen muchos temas que deben ser aclarados, más allá del costo de la inversión, antes de tomar una decisión importante.

El legislador sostuvo que no se puede repetir lo sucedido con la compra de un centenar de tanques Leopard 2 en Alemania, cuando los integrantes del Congreso se enteraron por la prensa de su llegada al Ejército chileno.

Recalcó que la discusión de estas materias en todos los países democráticos se tiene que hacer con plena transparencia y con involucramiento de todos los sectores ciudadanos, en especial los elegidos por el pueblo.

«Además, me parece contradictorio que por un lado el Ministerio de Defensa anuncie su desacuerdo con la actual Ley Reservada del Cobre y, por otra parte, se acepte utilizar la misma ley para comprar el satélite», explicó.

La Ley Reservada del Cobre otorga a las Fuerzas Armadas el 10 por ciento del total de las exportaciones del metal rojo que el país realice para la compra de armamentos, una asignación adicional al presupuesto normal que el Estado le asigna.

Con los altos precios del cobre, las instituciones castrenses han acumulado millonarios ingresos en los dos últimos años por ese concepto, una parte de los cuales ya fue invertida en una completa modernización de las tres ramas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea).

La compra del satélite ha despertado suspicacias en sectores políticos que critican el excesivo «secretismo» de las Fuerzas Armadas en la compra de armamentos sofisticados y el manejo de estos fondos.

Ello obligó a la ministra de Defensa a reunirse la semana pasada con los integrantes de la comisión de la Cámara en Valparaíso, donde entregó información sobre el proyecto que, según se informó, entregaría una serie de ventajas al país.

El satélite que podría adquirir Chile es de tamaño mediano y tiene equipos fotográficos de alta resolución. El modelo fue seleccionado tras analizar ofertas de Canadá, Israel y Corea de Sur, desechadas por su costo o uso.

Santiago de Chile, 13 de junio 2006
Crónica Digital/PL , 0, 182, 3

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CONSEJOS DEL SII FRENTE A LA PÉRDIDA DE DOCUMENTACIÓN TRIBUTARIA

Mar Jun 13 , 2006
• Si el contribuyente presenta los documentos perdidos antes que se notifique del Acta de Denuncia por la pérdida no fortuita, deberá efectuar una presentación por escrito, especificando los documentos recuperados en el Departamento de Resoluciones de la Dirección Regional o unidad del SII correspondiente a su domicilio, utilizando para tales fines el Formulario 2117 de Solicitud. • Si los documentos tributarios perdidos (total o parcialmente) aparecen después de la notificación del Acta de Denuncia levantada por el SII y de la existencia de una resolución que se pronuncie al respecto deben ser presentados ante el juez tributario, jefe de oficina jurídica o departamento jurídico, o bien ante el jefe de unidad conocedor de la denuncia. • El contribuyente presenta los documentos extraviados después de la resolución que se pronuncia sobre el acta de denuncia por pérdida no fortuita de documentación tributaria. Ante esta situación es necesario presentar parte o la totalidad de la documentación ante la autoridad del SII que conoce del proceso o ante la Corte de Apelaciones o Corte Suprema, si es que estos tribunales conocen de un recurso presentado en contra de la sentencia que aplicó una multa por su pérdida no fortuita. Reconstituir documentación tributaria Si se produce el robo de documentos tributarios, el contribuyente debe rehacer la documentación robada, por ende, las compras de bienes se respaldarán con documentos entregados por los proveedores, sean éstos copias, fotocopias, etc. Se hace necesario, por lo anterior, dar aviso de este hecho al SII dentro de un plazo de 10 días hábiles siguientes a su ocurrencia. El acto de reconstitución de documentación tributaria puede hacerse recurriendo a las siguientes fuentes de información más comunes: • De la propia empresa, pues a partir del balance general es posible reconstituir hasta donde sea posible el movimiento de las principales cuentas patrimoniales y de resultado. • De las personas e instituciones con las cuales se haya celebrado operaciones de compras de bienes y servicios, como, asimismo, de las personas e instituciones a las que se ha efectuado ventas de bienes y servicios. • De instituciones fiscales relacionadas: SII, a través de la recuperación de los Formularios 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo y Formulario 22 de Renta, para obtener información relacionada con el balance tributario y los movimientos mensuales de ventas y compras de bienes y servicios; a través de la Tesorería General de la República, en la que se puede obtener información de pagos de impuestos, convenios, devoluciones y compensaciones propias de su competencia; del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), mediante el cual es posible obtener información relacionada con cursos de capacitación y a través de Isapres y AFPs, que permiten obtener información relacionada con remuneraciones, cotizaciones provisionales y de salud. • O bien a partir de otras personas con las cuales se haya relacionado comercialmente la empresa. Santiago de Chile, 13 de junio 2006 Crónica Digital/SII , 0, 177, 12

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