«COMPIN DEBE SER INTERVENIDO POR RECHAZO MASIVO E INDISCRIMINADO DE LICENCIAS MÉDICAS», NAVARRO

Senador Navarro señaló que «la subsecretaría de Salud tiene antecedentes de sobra, abundantes y contundentes, para intervenir un colapsado y discriminador Compin que ha abusado de los derechos de las y los trabajadores».

A juicio del parlamentario «existen antecedentes suficientes para una Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados, tanto para investigar en profundidad el Compin, la derivación ilegal que hacen las mutuales a esta, así como el rol complaciente que ha jugado la superintendencia de Seguridad Social frente a estos hechos».

«La Superintendencia de Seguridad Social, en el 70 % de los casos, lleva el amén al Compin y a las mutuales, volviendo a negar cobertura cuando el trabajador apela a una licencia médica o a la calificación de esta como laboral», indicó Navarro. Es por eso esto, que anunció que «pondremos a disposición de los diputados de la Comisión de Trabajo decenas de casos emblemáticos de las prácticas corruptas e inhumanas de estos organismos»

«No es posible que la Compin rechace licencias médicas bajo ningún criterio médico. Así como se sanciona a un médico cuando emite una licencia cuando no corresponde, también la Compin, la superintendencia y las mutuales deben ser sancionadas cuando rechazan una licencia sin justificación», puntualizó el legislador.

«Ambos, la Compin y las Mutuales, deben tener una nueva definición corporativa, y las últimas deben dejar de lucrar a costa de la salud y la vida de los trabajadores»

Uno de los orígenes del colapso: Derivaciones ilegales al sistema de salud público por parte de las mutuales

Con fecha 14 de enero de 2013, casi dos mil millones de pesos devolvieron las mutuales a MasVida por concepto de licencias médicas que la Isapre pagó por prestaciones, que en realidad correspondían a accidentes del trabajo que habían sufrido trabajadores y trabajadoras beneficiarios de la ley 16.744. (ver noticia:http://www.biobiochile.cl/2013/01/14/masvida-recupera-casi-2-mil-millones-de-pesos-por-licencias-que-isapre-pago-por-accidentes-laborales.shtml)

Este fenómeno se origina a través de incentivos perversos, ya que si un accidente no es calificado como laboral o no es denunciado como tal, disminuye la tasa de accidentabilidad de la empresa, por tanto, al ser estas menos riesgosas, permite que la prima que cobra la mutual al empleador, para efectos del seguro laboral, mantenga su valor, y por otro lado, permite a las mutuales lucir cifras, como las que muestra la mutual Asociación Chilena de Seguridad, donde señalan que han bajado la tasa de accidentabilidad de sus empresas afiliadas al 4% en el año 2013.

Según cifras de la Superintendencia de Seguridad Social, siete de cada diez apelaciones a la calificación de una accidente del trabajo o enfermedad profesional que recibe la entidad, son rechazadas, dando el favor a la mutualidad.

El no calificar un accidente como laboral, producto del rechazo de la mutual y posteriormente de la Suseso, trae como consecuencia que, por un lado, el siniestro que debería asumir la mutual finalmente lo deba asumir el sistema público de salud y por otro lado las Isapres.

Es preocupante el rol complaciente que ha asumido la Superintendencia de Seguridad Social ante estos hechos.

Da cuenta de esto, que un ex superintendente de Seguridad Social, Javier Fuenzalida Santander, hoy es gerente de una de las principales empresas de la Asociación Chilena de Seguridad, la ESACHS.

Es por eso que es necesario:

Se cree una Junta Médica especial de Fonasa que revise todos los accidentes laborales y enfermedades profesionales que son rechazados por las mutuales y la Superintendencia de Seguridad Social y que son derivados al sistema de salud público, esto con el fin de investigar si es efectiva la no calificación de la calidad de enfermedad profesional o accidente de trabajo.

En el caso de detectarse enfermedades profesionales o accidentes laborales derivados al sistema público de salud, correspondientes a prestaciones que debió asumir la mutualidad, se proceda a la devolución de los montos desembolsados por Fonasa y se emprendan las acciones legales pertinentes.

Santiago de Chile, 25 de junio 2014
Crónica Digital

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