ARGENTINOS INVADEN CHILE EN TURISMO DE COMPRAS

El hablar argentino se ha hecho habitual en Chile como nunca en los últimos meses, con una fiebre de turismo de compras que fortaleció la ascendente industria sin chimeneas del país austral.

De hecho Chile espera cerrar 2016 rompiendo la barrera imaginaria de los cinco millones de visitantes extranjeros, una cifra que incluso puede acercarse a los seis millones, de acuerdo con fuentes oficiales.
En una reciente conversación con Prensa Latina, la viceministra de Turismo, Javiera Montes, destacó que la campaña promocional impulsada por el Gobierno ha comenzado a dar frutos e incluso a rebasar las expectativas.

«Esperamos llegar como mínimo a los 5,6 millones de turistas extranjeros este año, y nuestro punto débil es lograr, con mejores servicios y calidad en las ofertas, que gasten más en nuestro país», apuntó Montes.
El cambio de gobierno en Argentina, cuando el presidente Mauricio) Macri varió las reglas de los impuestos, más una creciente inflación, hicieron que los rioplatenses depositaran más su mirada en Chile.

Expertos comentaron que los argentinos gastan en promedio unos 450 dólares por persona en sus tarjetas de crédito, lo que representa un aumento de 137 por ciento en relación con el pasado año.
«Vienen por dos o tres días, exclusivamente a comprar. Desde Argentina les ofrecen el tour completo con hotel y transporte de centros comerciales», comentaron agencias de viaje en Chile.

Las estadísticas señalan que en los Mall cerca del 74 por ciento de su clientela extranjera es argentina, mientras que el 12 por ciento brasileña, con algunos uruguayos, colombianos, mexicanos y venezolanos en busca de rebajas.

En Santiago de Chile es bastante notable la presencia en aumento de brasileños, aunque el predominio de los argentinos ya se hizo habitual.

La mandataria chilena, Michelle Bachelet, recalcó en una feria hace poco que el turismo tiene muchas oportunidades, con «cielos privilegiados para su observación astronómica, valles en la zona central con las viñas, bosques majestuosos y la Patagonia».

Por Fausto triana

Santiago de Chile, 2 de diciembre 2016
Crónica Digital / PL

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“CORTE CONFIRMÓ MALTRATO A LORENZA SOLO POR SER MAPUCHE”, SENADOR NAVARRO

Vie Dic 2 , 2016
El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Alejandro Navarro, valoró el fallo unánime de la Segunda Sala de la Corte Suprema, el que estableció que las condiciones en que se atendió el parto de Lorenza Cayuhan, violó las normas mínimas internacionales para el tratamiento de reclusas y que se la discriminó, solo por su origen mapuche. El senador Alejandro Navarro, quien es parte demandante en el recurso de amparo (rol 330-2016), dijo que “la Corte ha establecido que Gendarmería maltrató y discriminó a Lorenza Cayuhan únicamente por ser Mapuche, lo que constituye una grave violación a los derechos humanos, su dignidad como mujer, y que además, se puso en riesgo su salud y vida, así como la de su hija”. Agregó que “este fallo debe ser un llamado de atención no solo para Gendarmería, sino que para todas las instituciones de orden, para que terminen de una vez con la discriminación y maltrato que hay hacia el pueblo Mapuche”. Para Navarro “resulta impresentable que a dos meses de ocurridos los hechos Gendarmería aún no haya establecido las responsabilidades en el proceso sumario, ni haya adecuado sus protocolos respecto al trato que se da a mujeres privadas de libertad, embarazadas o con hijos lactantes”. En efecto la sentencia indica que no solo se violó la Constitución, también se violó la normativa internacional de la cual Chile es parte, como las Reglas de Bangkok, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación sobre la Mujer. Finalmente Navarro valoró que el fallo obligue a Gendarmería a adecuar sus protocolos en estricto cumplimiento a las Reglas de Bangkok, para que hechos de este tipo nunca más ocurran en nuestro país”. A continuación, se presentan párrafos centrales de la sentencia: Sobre el trato a mujeres recluidas “Resulta patente que conforme a la normativa internacional antes reproducida, en particular la sección 2) de la Regla 48, que se repite en la Regla 24 de las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok), no resultaba admisible en el caso de marras el uso de grilletes en contra de la amparada, atendido que su traslado de urgencia desde la unidad penal a los distintos recintos de salud a que fue conducida, obedeció a su estado de gravidez y a la inminencia de un parto complejo desde el punto de vista médico, constituyendo el uso de grilletes una forma de represión y sujeción y, por ende, de coerción, que resultaba improcedente por la específica norma citada. Aún más, por aplicación de las otras Reglas mencionadas, desde que el empleo de grilletes en las circunstancias ya referidas adquirieron un carácter “degradante”, contraviniendo la Regla 47 N° 1, desde que ante la absoluta innecesariedad de esa medida, su único objeto fue el de resaltar la situación procesal de condenada de la amparada frente […]

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