Compromiso con el valor del trabajo en las sociedades: el gran desafío de la nueva constitución en materia laboral

Profesora UV Daniela Marzi analiza las aristas que deberían abordarse en materia laboral en la discusión constituyente.

La nueva constitución debería integrar un compromiso real con el valor del trabajo en las sociedades. Así lo asegura la profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso y doctora en Derecho Laboral Daniela Marzi, quien analizó las diferentes aristas que cree importantes de ser abordadas en materia laboral en la discusión constituyente.

Explicó que es vital que “haya una declaración, quizás en el preámbulo, un compromiso con respecto al valor del trabajo. Si bien son cuestiones declarativas, son importantes para estructurar el sistema que se quiera crear a partir de ahí, porque hay que considerar que la constitución va a decir cuestiones muy centrales, y eso va a condicionar que nuestra legislación tenga que cambiar. Tiene que protegerse el trabajo y declararse el valor de éste en la sociedad, que como sabemos permite el desarrollo de los proyectos de vida de las personas y da estructura a la sociedad. Por otra parte, un cambio muy concreto y mucho más radical respecto a lo existente tiene que ver con el tratamiento de la libertad sindical. Es decir, que las organizaciones sociales sean reconocidas como relevantes para la democracia, que se puedan organizar y actuar libremente, plantear conflictos y negociar en el nivel que decidan y puedan de acuerdo a su fuerza, declarándose, además, que la huelga es un derecho fundamental”. La declaración de que las organizaciones de los trabajadores y trabajadoras gozan de autonomía para definir y reivindicar sus programas de acción significa dar una forma de participación importante para las democracias, porque si decimos que el trabajo es importante, que los trabajadores se organicen y se organicen para poder participar socialmente son cuestiones que contribuyen a la vida democrática, porque estamos hablando que contribuyan en las decisiones y que les den legitimidad y estabilidad social, que es algo que la nueva Constitución debería promover”.

“El otro tema central tiene que ver no solo con la protección de la persona que trabaja, sino que también en cómo eso va a dialogar con la protección de las personas sin estar condicionadas a tener o no un trabajo, porque el dilema es que la persona que trabaja lo haga en condiciones de dignidad y con derechos, pero quien no trabaja no sea expulsado de la sociedad y también reciba una protección digna y no como ocurre ahora, que estamos en una especie de ‘tierra de nadie’, que es que el que trabaja lo hace en condiciones incluso sin regulación, con trabajo precario o con una regulación tan débil que hace irrelevante trabajar formal o informalmente. Hoy no tenemos un compromiso fuerte con el trabajo, y por otra parte vemos lo que significa el no tener trabajo y a la vulnerabilidad a la que nos lanza”, añadió.

Marzi indicó que históricamente la seguridad social y el trabajo han sido pensados como conceptos complementarios “y es un resultado de la dictadura que no tengamos seguridad social, sino que tenemos también un decreto de ley que reguló un sistema de pensiones por medio de las AFP, pero no pensado como una protección integral a las personas, y eso conectado con cómo ve esa sociedad el trabajo. El trabajo tiene que ser protegido en cuanto al que las personas puedan tener un efectivo control sobre su tiempo y tengan una protección que garantice una existencia que significa, entre otras cosas, control sobre su tiempo, tiempos de libertad y remuneración por estar en la línea de producción de una empresa”.

“Otro tema que va a atravesar a toda la constitución, pero que en trabajo implica una cuestión importante, es cómo se van a proteger los trabajos de cuidados. Este ámbito que históricamente ha estado fuera de la lógica y de los objetos de interés del derecho del trabajo es uno de los grandes temas de las sociedades actuales, que es reconocer el valor e importancia social que tienen los trabajos de cuidados, que normalmente han hecho las mujeres, y ahí se tiene que crear toda una forma de protección que es nueva, ya que no hay experiencias donde mirar en términos constitucionales. No había interés por parte de la regulación laboral, porque al derecho del trabajo del siglo XX le interesó la empresa e industria, y si queremos una constitución para el siglo XXI hay que introducir estos que son parte de los grandes debates en la sociedad”, destacó.

Respecto a la experiencia comparada, explicó que “la constitución italiana dice en su primera frase ‘Italia es una república democrática que se funda en el trabajo’; en España el sindicato y el partido político, entre otros, están mencionados en la constitución como órganos de carácter constitucional, porque esas democracias entendieron que era importante que los trabajadores y sus organizaciones tuvieran una participación reconocida y valorada en la sociedad; y en Alemania a los trabajadores se les reconoce el derecho a participar en la vida económica, política, cultural. Estas son declaraciones muy potentes, que después se traducen en una normativa que tiene que ser acorde con esos compromisos. Esto tiene que ver con qué sociedad queremos construir, porque si lo que queremos es una sociedad más justa, en que las personas tengan más opciones de participación y puedan hacer valer sus puntos de vista, estas son las declaraciones que tendríamos que hacer en materia de trabajo. Ahora, si no queremos eso, serán otras”.

“En síntesis, lo que tiene que tener la constitución es un compromiso con el valor del trabajo en las sociedades. Consagrar el hecho de que las personas que trabajan tienen derechos garantizados y que trabajar es un hecho socialmente reconocido, valorado y no es una mera lucha por la sobrevivencia”, cerró.

Santiago de Chile, 19 de octubre 2020
Crónica Digital

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