La Información Electrónica de Compras y Ventas se define como el detalle de los documentos que deben registrarse en los Libros de Compra y Venta, y que es necesario enviarlos al SII a través de archivos, de acuerdo con un formato preestablecido. Estos archivos se dividen según el periodo tributario y contienen información de compras o ventas.
Quiénes deben presentarla
Los contribuyentes que deben presentar el Formulario 3323 de Declaración Jurada Resumen Anual de IVA de Compras y Ventas son todos aquellos afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y los exportadores, cuya sumatoria anual de créditos sea superior a $250.000.000. A partir de 2006, todo contribuyente que cumpla los requisitos para presentar esta Declaración Jurada quedará obligado a seguir presentándola en forma permanente, independiente si es que cumple o no con los requisitos obligatorios para hacerlo.
Deben realizar este trámite por Internet todas aquellas personas que estén autorizadas a sustituir sus libros de contabilidad y/o auxiliares por hojas sueltas escritas por medios computacionales, y que, al mismo tiempo, estén obligados a presentar el Formulario 3323 de Declaración Jurada Resumen Anual de IVA de Compras y Ventas. Para ello, el SII ha dispuesto un software gratuito para generar el archivo de esta declaración, el que puede ser utilizado desde el menú de Impuestos Mensuales (IVA-F29, F50), opción Software gratuito para generar Declaración Jurada Electrónica Resumen, el que permite seleccionar la versión de software generador asociada al año de la declaración.
La Información Electrónica de Compras y Ventas debe presentarse mediante upload de archivos, lo que consiste, básicamente, en el envío del detalle de los documentos de compra y venta por cada período tributario (de enero a diciembre del año que debe informarse) y separados en archivos de compras y archivos de ventas.
Este tipo de archivos deben ser confeccionados previamente, de acuerdo con el formato vigente establecido por el SII.
Qué se informa
El Formulario debe contener el resumen anual del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que afectó a las compras de bienes, utilización de servicios e importaciones realizadas, ventas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas durante el año calendario inmediatamente anterior a aquél en que debe ser presentado.
Por ejemplo, para la Declaración Jurada que debe presentarse este año, es necesario considerar la información comprendida entre enero y diciembre de 2005.
Además de lo anterior, es pertinente indicar en columnas separadas la cantidad de documentos que sirvieron de base para confeccionar la Declaración Jurada, así como informar separadamente el IVA correspondiente a las Notas de Crédito recibidas y emitidas en las columnas destinadas a tal fin.
En el cuadro desfase de IVA Compras se debe registrar el monto total de este IVA de aquellos documentos cuya fecha de emisión corresponda al año anterior al que se declara, pero cuyo IVA fue considerado en los Formularios 29 del año informado.
Además, es pertinente registrar el monto total de IVA Compras de aquellos documentos cuya fecha de emisión sea correspondiente con el año informado, pero cuyo IVA fue declarado en los Formularios 29 del año siguiente al que se informa. En este recuadro debe informarse sólo un monto total y no separado por cada Rut de proveedor o prestador de servicios.
Finalmente, los contribuyentes con ventas afectas y exentas que hayan utilizado proporcionalidad en el IVA Crédito por sus compras, deberán informar el monto total anual de éste que no ha sido utilizado y de forma separada el monto total de IVA común para el año controlado, según la información entregada en el Formulario 29.
Santiago de Chile, 7 de agosto 2006
Crónica Digital/SII , 0, 70, 12