Los parlamentarios que integran la Cámara de Diputados se rigen con valores propios, así de tajante fue con su afirmación la Vicepresidenta de la Corporación Humanas, Carolina Carrera en torno a la inadmisibilidad a proyecto que busca despenalizar el aborto en Chile.
Para Carolina Carrera, nuestros representantes no aceptan un debate democratico que se suma a la no representación de la ciudadanía quienes, según diversos estudios de opinión, están por discutir la posibilidad de instaurar el aborto terapéutico con está en riesgo la vida de la madre o por motivos de violación, entre otras.
Los legisladores no pueden anteponer sus creencias personales por sobre el resto de las personas, más aún cuando se trata de un tema que tiene relación con la salud pública, la justicia social y los derechos humanos de las mujeres.
La Vicepresidenta de la Corporación Humanas no dejo pasar los comentarios realizados durante los últimos días el diputado DC Patricio Walker, quien pone en cuestión las encuestas de opinión que manifiestan el alto número de personas que está por discutir sobre el aborto. Estamos hablando de encuestas muy significativas como la de la Universidad Diego Portales y la de nuestra propia institución, señala Carolina Carrera y declara que el diputado debería ser bastante riguroso para sus comentarios, ya que para algunas cosas pareciera que los sondeos de opinión son válidos, sin embargo, cuando hablamos de aborto plantea que no se legislará por sensaciones térmicas.
La abogada de Corporación Humanas Patsilí Toledo, se refirió a los argumentos esgrimidos por el presidente de la Cámara de Diputados, Antonio Leal. En este ámbito hizo varias consideraciones una de ellas es la llamada inconstitucionalidad del proyecto presentado por los diputados Enríquez-Ominami y Alinco, lo que no se condice con una correcta interpretación de la Constitución Política de Chile, una interpretación errónea de la carta fundamental. En efecto, dice Toledo, el aborto terapéutico o por indicación médica estuvo vigente en Chile hasta el año 1989, en plena validez no sólo de la Constitución del 80 (durante 9 años) sino que previa a eso a la Constitución de 1925, sin que jamás se debatiera la constitucionalidad de la norma del código sanitario que autorizaba el aborto por indicación médica.
Tratados Internacionales de Derechos Humanos admiten, expresamente, que los propios estados en sus legislaciones internas regulen el aborto no sólo como una disposición relativa de la persona que está por nacer, sino más bien como la forma de garantizar el propio derecho a la vida y la integridad física y síquica de las mujeres por recurrir a abortos clandestinos.
Son muchos los países de Latinoamérica que poseen legislaciones que permiten el aborto en ciertas circunstancias y, que además, tienen ratificada la Convención Americana como otros tratados internacionales de derechos humanos.
Patsilí Toledo, argumento, que desde el año 1999 el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha manifestado su preocupación porque en Chile se siga penalizando toda forma de aborto; luego el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales hace dos años ratificó su recomendación respecto de que Chile debía legislar sobre las hipótesis de aborto terapéutico en caso de violación. Durante este año, en el mes de agosto, el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) nuevamente recomienda al Estado de Chile que revise la prohibición total del aborto que está vigente desde el año 1989.
Lo anterior, no guarda sentido con dos proyectos de ley presentados durante los años 1991 y 2003 patrocinados por parlamentarios de la Concertación, relativos a la reposición en el código sanitario del aborto terapéutico.
Adriana Gómez, del Foro Red de Salud, dijo que la inadmisibilidad del proyecto de ley no hace más que revelar la incapacidad de esta democracia para abordar problemáticas históricas presentes en Chile como lo es el aborto inducido. A su juicio, se quiere ignorar deliberadamente que el 65% de la población mundial vive en países donde el aborto se permite sin restricciones por razones socio-económicas, para salvar la vida de la mujer, por su salud, por violación e incesto, o cuando el feto tiene anomalías gravísimas.
En nuestro país, señala Adriana Gómez, las leyes punitivas, las delaciones de mujeres que abortan, el maltrato que reciben en los hospitales, el retraso de las atenciones médicas por complicaciones del aborto no logran bajar las tasas de éste. Por el contrario, se estima que uno de cada tres embarazos, termina en aborto.
Santiago de Chile, 22 de noviembre 2006
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