Tras la millonaria multa aplicada a las empresas de pollos por concepto de colusión, el senador Alfonso De Urresti fue enfático en repudiar este tipo de faltas graves a la libre competencia, destacando el proyecto de ley que permitirá sancionar con cárcel a los responsables de estos delitos.
El senador Alfonso de Urresti, miembro de la Comisión de Constitución del Senado, indicó que “el Caso Pollos es sin duda una muestra más del grave atentado que pueden hacer las empresas coludidas a la libre competencia en el país, lo que afecta directamente al bolsillo de todos los chilenos”.
Asimismo, destacó la importancia del proyecto de ley que se está analizando en primer trámite en el Senado y que sanciona penalmente la colusión. “Sin perjuicio de las multas es de suma importancia avanzar en este proyecto de ley que permitirá sancionar con hasta 5 años de cárcel a los responsables y maquinadores de este tipo de delitos de cuello y corbata”, sostuvo el congresista.
Cabe consignar que las empresas sancionas por el Tribunal de Libre Competencia (TDLC) fueron Agrosuper, Ariztía y Don Pollo, a las que se les aplicó una multa inédita que alcanza los US$60 millones por concepto de colusión.
Según lo informado por el Ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, esta operación sería “el delito más grande de la competencia en Chile (…) ya que este producto constituye algo así como el 40% del consumo interno en materia de carnes”.
Proyecto de Ley
Entre sus disposiciones el texto legal indica que:
El que ejecute o celebre, individual o colectivamente, cualquier hecho, acto o convención que impida, restrinja o entorpezca la libre competencia, o que tienda a producir dichos efectos, será sancionado con las medidas señaladas en el artículo 26 de la presente ley, sin perjuicio de las medidas preventivas, correctivas o prohibitivas que respecto de dichos hechos, actos o convenciones puedan disponerse en cada caso.
Los que ejecutaren acuerdos expresos o tácitos celebrados entre agentes económicos, o prácticas concertadas entre ellos, mediante los cuales se fijen precios de venta o de compra de bienes o servicios de primera necesidad, se limite su producción o se asignen zonas o cuotas de mercado, o hubieren ordenado dicha ejecución, serán castigados con la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados y una multa a beneficio fiscal de hasta treinta mil unidades tributarias anuales.
Santiago de Chile, 27 de septiembre 2014
Crónica Digital