El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) advirtió hoy que tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional para destituir al presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, constituye a todas luces un fraude a la Carta Magna.
Para ello existe el mecanismo del revocatorio, aclararon los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ, quienes alertaron que una enmienda no puede tener efectos retroactivos o ser de aplicación inmediata.
Admitir tal supuesto constituiría un quebrantamiento incuestionable al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo cinco de la Carta Magna, ya que estaría desconociendo la voluntad del pueblo, adujeron.
Un proyecto de enmienda que recorta el actual periodo presidencial de seis a cuatro años ya fue aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional, de mayoría opositora al Gobierno, el pasado 20 de abril.
No obstante, los magistrados indicaron que de llegarse a promulgar, ese instrumento sería aplicable a futuros procesos electorales o designación de magistrados, rectores del Consejo Nacional Electoral, Fiscal General, Defensor del Pueblo y Contralor de la República.
Los jueces admitieron que la modificación del periodo constitucional para los órganos de los poderes públicos es perfectamente viable a través de la enmienda, siempre y cuando se cumpla a cabalidad con el procedimiento previsto para su sanción, el cual es el mismo al de la formación de leyes, pero sujeto a la aprobación popular.
Caracas, 26 de abril 2016
Crónica Digital / PL