Decisión del CPLT que ordenó al ISP entrega de protocolos de ensayos clínicos de vacuna contra el Covid-19 fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago

La PUC presentó un reclamo en contra del Consejo para la Transparencia ante el tribunal con el objeto de dejar sin efecto la orden del organismo que estableció la calidad de públicos de los antecedentes solicitados.

Tras rechazar el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT) por la Universidad Católica, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la orden dada por éste de entregar copias de los ensayos clínicos efectuados en Chile sobre la vacuna contra el coronavirus de Sinovac Biotech y Janssen Pharmaceutical Companies (rol N° 377-2021). Lo anterior, sin considerar, en caso de que dichos documentos lo contengan, información sobre la fórmula del producto farmacéutico y/o el proceso de elaboración, así como datos personales de contexto.

La decisión del CPLT (amparo rol C8495-20) estableció la calidad de públicos de los antecedentes solicitados, los que fueron denegados por el organismo público puesto que terceros involucrados, en este caso la empresa Jhonson & Jhonson de Chile S.A. y la Pontificia Universidad Católica de Chile se opusieron a su entrega -acorde a lo que establece la Ley de Transparencia (art. 20)-.

A juicio del tribunal, las alegaciones de la Universidad no lograron acreditar el daño que justificara la reserva de los antecedentes, entre ellos, desestimó la afectación de derechos económicos y comerciales que la empresa argumentó durante el proceso ante el CPLT.

Asimismo, ratificó lo establecido por el Consejo sobre el uso de esta información para dictar actos administrativos, es decir, para la toma de decisiones vinculadas al permiso de ejecución de un ensayo clínico de una vacuna contra el Covid-19.

La PUC todavía puede acudir a la Corte Suprema –mediante un recurso de queja en contra de los ministros de la Quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que se pronunció sobre este caso-, por lo que cabe esperar aún las acciones que puedan emprender esta semana previo al cumplimiento de la orden de entrega.

Durante el proceso desarrollado ante el Consejo, la empresa Jhonson & Jhonson de Chile S.A. defendió la confidencialidad de la información entregada al ISP, acción que acorde a lo alegado por la empresa se realizó para fines específicos asociados a la autorización de uso provisional que el órgano público debe otorgar acorde a la normativa vigente.

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Este martes pleno de la Cámara de Diputados votará texto final de reforma al Código de Aguas

Mar Ene 11 , 2022
Quedará pendiente aún decisión de la sala del Senado, último paso para que luego de una década el proyecto pueda convertirse en ley. Este martes, a partir de las 10 de la mañana, el pleno de la Cámara de Diputados votará el texto final de la reforma al Código de Aguas, luego que la semana pasada terminara su tramitación en la Comisión Mixta.   Fueron 18 los artículos revisados y donde se mantenían diferencias entre lo acordado por los diputados y los senadores.  Durante su última sesión,  la comisión definió la retroactividad de la nueva normativa respecto de las cláusulas de extinción por no uso y caducidad por no inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces.  Los derechos antiguos, además, quedaron “sujetos a todas las demás disposiciones de la presente ley”. Es día también se vio la prohibición de construir sistemas de drenaje en las zonas de turberas incluidas “por el Ministerio de Medio Ambiente en el inventario Nacional de Humedales” en las regiones de Aysén y de Magallanes y Antártica Chilena, agregándose la provincia de Chiloé y correspondiendo a la Dirección General de Aguas delimitar “el área en la cual se entenderán prohibidos los sistemas de drenaje”. La excepción a esta restricción será excepcional, “y en la medida que cuenten con una resolución de calificación ambiental”, pudiendo “desarrollarse proyectos públicos y privados de conectividad vial en fajas acotadas, con el trazado menos invasivo para dichas zonas y con obras que permitan un flujo de las aguas que asegure la mantención de dichos sistemas ecológicos”. El proyecto de ley que reforma el Código de Aguas ingresó a trámite en la Cámara de Diputados en 2011, completando ya más de 10 años de tramitación legislativa.  En esta década, la iniciativa fue aprobada por los diputados el 22 de noviembre de 2016, luego de ser revisado por las comisiones de Recursos Hídricos, Agricultura y Hacienda.  A continuación fue tramitado en las comisiones de Recursos Hídricos, Agricultura y Constitución de la Cámara Alta, siendo aprobada por el  pleno  del Senado el 4 de agosto de 2021. Posteriormente volvió a la Comisión de Recursos Hídricos de la Cámara Baja, cuyo pleno aprobó el 7 de septiembre pasado las 112 modificaciones realizadas por el Senado, quedando otros 18 artículos sin acuerdo.  Éstos debieron ser revisados por la Comisión Mixta, que  luego de tres sesiones, la semana pasada terminó de zanjar las diferencias entre las dos corporaciones y cuyo texto final deberá ser zanjado por ambos plenos. La votación en la sala del Senado aún no está agendada.

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