Presentan iniciativa constitucional sobre el Derecho al Consumidor

Esta propuesta se funda en las “Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor”, las que establecen los principios y estándares básicos para que los Estados Miembros puedan cumplir, formular, fortalecer o mantener políticas públicas de protección efectivas a las personas consumidoras.

El constituyente, Felipe Harboe, presentó junto a Manuel José Ossandón la iniciativa de derechos al consumidos, donde se establece “que se va a hacer cargo a nivel constitucional de un elemento fundamental, cual es la relación del derecho del consumidor”, de acuerdo a lo anunciado por el representante del distrito 19.

Esta iniciativa constitucional contó con el apoyo transversal, desde todos los miembros del Colectivo del Apruebo, como también con las firmas de Damaris Abarca del Frente Amplio; Andrés Cruz, Patricio Fernández y Matías Orellana, del Colectivo Socialista; Cristián Monckeberg y José Manuel Ossandón,  del Colectivo Independientes RN-Evópoli;  Helmuth Martínez, Carolina Sepúlveda, del Colectivo Independientes No Neutrales; y Adriana Cancino.

“Es evidente que una de las esferas principales que se ha desarrollado durante las últimas décadas, es la faceta de consumidores que tienen los ciudadanos”, manifestó el ex senador Harboe, agregando que “junto con instalar a nivel constitucional un conjunto de derechos para las personas, también creemos fundamental instalar el derecho que van a tener todas y todos los consumidores a contar con información veraz y oportuna a la protección de los derechos de los consumidores”, manifestó.

Por su parte, el convencional por el distrito 12, Manuel José Ossandón, destacó que “la norma que estamos presentando hoy día busca combatir algo que es medular en la crisis política que actualmente estamos enfrentando y es el tema de los abusos”.

Harboe advirtió además que, uno de los argumentos para la elaboración de esta iniciativa es “para efectos justamente de evitar la afectación que ha significado para millones de consumidores los escándalos conocidos como de colusión”. Es así como existen casos donde el malestar de la ciudadanía viene dada principalmente porque el beneficio económico reportado por el infractor sigue siendo sustantivamente mayor al daño causado y la multa.

“Creemos que una norma constitucional que establezca la defensa de los derechos de los consumidores va a mejorar las relaciones de consumo y va a establecer una obligación del estado para subir los estándares y que no signifique, lo que pasa hoy día muchas veces, en que el Servicio Nacional del Consumidor tiene buenas intenciones, pero más bien depende de la voluntad de las empresas para llegar a acuerdos”, finalizó.

Next Post

Corte de Apelaciones de Santiago ratifica orden del CPLT de entregar correos electrónicos de autoridades de salud en pandemia

Mié Feb 2 , 2022
La Subsecretaría de Salud tiene 5 días hábiles para cumplir con la decisión de la novena sala fechada este lunes 31, y permitir el acceso a mails enviados y recibidos de cuentas institucionales del ministro Paris, el ex ministro Mañalich, la ex subsecretaria Daza y otras autoridades del MINSAL durante la emergencia sanitaria. La Corte de Apelaciones rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Ministerio de Salud en contra de la decisión (rol amparo C-7827-20) del Consejo para la Transparencia, ratificando así la orden que dicho organismo dio a la institución de salud para hacer entrega de copias de los correos electrónicos de cuentas institucionales del ex ministro de Salud, Jaime Mañalich, su sucesor, Enrique Paris, la ex subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza, entre otras autoridades del Ministerio de Salud (MINSAL), en el marco de la gestión de la emergencia por Covid-19. La solicitud de los correos entre el 1 de marzo y el 12 de septiembre de 2020, fue realizada por un profesional de la prensa y acorde a lo establecido por éste ante el CPLT al presentar su caso, no habría sido respondida por la Subsecretariá de Salud Pública en los tiempos y forma establecidos por la normativa vigente en materia de acceso a la información pública. Esto último fue ratificado por el tribunal de alzada, el que plantea en su fallo que la Subsecretaria de Salud no habría evacuado sus descargos de la forma que exige la Ley de Transparencia. Con respecto a ello indica que los descargos del Ministerio de Salud fueron enviados al Consejo para la Transparencia el 14 de junio de 2020, cuando éste ya había dictado la decisión. En este pronunciamiento, la Corte además se refiere a algunos de los descargos tanto por la Subsecretaría como planteados por el ministro Paris, quienes alegaron reserva de esta información por afectación a la seguridad de la nación o interés nacional. En este sentido, los integrantes de la novena sala del tribunal ponen de manifiesto, en la misma forma que lo hace el Consejo, que para justificar la reserva no sólo vale presumirla, sino que debe demostrarse, y al no haber realizado su presentación ante el Consejo acorde a la ley éste no habría podido pronunciarse sobre dichos descargos de fondo. Tras la decisión, la Subsecretaría tiene 5 días hábiles para cumplir con la entrega de los correos electrónico a la persona que las solicitó, contados desde la fecha en que la sentencia quede firme. El requerimiento incluye las comunicaciones enviadas y recibidas desde su cuenta institucional de Carlos Sans, ex director del Departamento de Estadísticas e Información de Salud, el ex jefe del Departamento de Epidemiología, Rafael Araos, y de la jefa de la Dirección de Planificación Sanitaria, y Johanna Acevedo. Razones del Minsal para denegar el acceso En el fallo del tribunal se registran los alegatos del ministro de Salud, Enrique Paris (vía Ord. A/102 N° 1814 del 14 de mayo de 2021) quien –como tercero involucrado- manifestó diversas razones para negar […]

Te puede interesar:

Las opiniones vertidas en este medio de comunicación no necesariamente representan el sentir de Crónica Digital y son de responsabilidad de quienes las emiten.

Crónica Digital, es un medio de comunicación social, republicano y comunitario. Fue fundado el 19 de abril del año 2005. Su objetivo periodístico es informar sobre los principales noticias de Chile, América Latina y el mundo.

El director de Crónica Digital es el periodista Marcel Garcés Muñoz.

Su representante legal y editor general es el periodista Iván Antonio Gutiérrez Lozano.

El editor nacional es el periodista Ramón Vargas Vega.

El editor cultura es el periodista Miguel Alvarado.

Corresponsal en La Habana, Cuba, Florencia Lagos N.

El asesor legal es el académico y abogado Sr. Pablo Méndez Soto.

Los principales asociados informativos de Crónica Digital son la Agencia Informativa Latinoamericana Prensa Latina , la agencia de noticias China, Xinhua y TV Brics.

En Chile, el medio electrónico El Maipo

Correo: cronicadigital@gmail.com
Dirección: Maturana 302 local 2
Santiago de Chile.

Desde el año 2005 Crónica Digital es parte de la Asamblea Nacional por los Derechos Humanos.

Crónica Digital es una marca registrada. Todos los derechos reservados.

Redacción Diario Crónica Digital
Fono: 950142601

Un café en una plaza con historia....

Maturana con Huérfanos
plaza Brasil,
Santiago de Chile.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es cafe-con-torta-900x675.jpeg