El fallo fue dispuesto por el juez Haroldo Brito contra 12 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) involucrados en el operativo, entre los que destacan el general (r) Hugo Salas, el mayor (r) Alvaro Corbalán y el teniente Coronel (r) Krantz Bauer.
Según el dictamen, está probado que las cinco víctimas, pertenecientes al Frente Patriótico Manuel Rodríguez, fueron lanzadas al mar desde un helicóptero del Ejército, en represalia por el rapto del coronel Carlos Carreños en septiembre de 1987.
Brito, nuevo magistrado a cargo de la investigación desde el pasado julio, recalificó los encausamientos que en su momento habían dictado el juez Mario Carroza y el hoy integrante de la Corte Suprema Hugo Dolmestch.
Los desaparecidos, considerados las últimas víctimas de la dictadura militar (1973-1990), se nombran Gonzalo Fuenzalida Navarrete, Julio Muñoz Otárola, José Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas y Manuel Sepúlveda Sánchez.
De acuerdo con el dictamen, Salas (último director del CNI) y sus subalternos Corbalán y Bauer fueron encausados en calidad de coautores del secuestro de Sepúlveda Sánchez, Fuenzalida Navarrete y Muñoz Otárola.
El magistrado, además, procesó como coautores de los secuestros de Peña Maltés, Sepúlveda Sánchez, Fuenzalida Navarrete y Muñoz Otárola a los ex agentes Manuel Angel Morales, César Acuña Luengo y René Valdovinos Morales.
En tanto, los ex miembros de la CNI Víctor Ruiz Godoy, Manuel Ramírez Montoya, Luis Sanhueza Ross, Luis Santibáñez Aguilera fueron encausados como coautores de los secuestros de Alejandro Pinochet Arenas, Sepúlveda Sánchez, Fuenzalida Navarrete, y Muñoz Otárola.
Finalmente, el dictamen también afecta a Gonzalo Asenjo Zegers y Rodrigo Pérez Martínez, quienes enfrentan cargos en calidad de encubridores de los mencionados delitos, y que por primera vez son procesados en esta investigación.
El piloto Aquiles Navarrete confesó que la orden para asesinar y hacer desaparecer a los detenidos provino del propio Augusto Pinochet, que se indignó al enterarse de que la CNI pretendía canjearlos por el coronel Carreño.
Según trascendió en fuentes judiciales, hasta ahora no existe certeza de que él y los copilotos Luis Campos y Héctor Barrientos, al momento de los hechos hayan estado en conocimiento de que los bultos trasladados contenían los restos de los frentistas.
En su resolución, el magistrado subrayó que está probado que los cinco frentistas fueron secuestrados en represalia por el secuestro del coronel Carreño, entonces funcionario de la Fábricas y Maestranzas del Ejército (FAMAE), perpetrado el 1 de septiembre de 1987.
«Funcionarios de la CNI procedieron a secuestrar a cinco miembros del FPMR, para eventualmente canjearlos por dicho oficial, los que fueron elegidos desde los archivos institucionales», sostiene el dictamen.
Si bien el magistrado reconoce que el secuestro de los cinco frentistas fue gestado a partir de una decisión única, su ejecución contó con la participación de distintas unidades y funcionarios de la dictadura militar, que tuvieron acceso a información compartimentada.
Santiago de Chile, 22 de septiembre 2006
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