Con 99 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado la iniciativa que aumenta las sanciones a los conductores que en estado de ebriedad causen lesiones gravísimas o muerte, más conocida como «Ley Emilia», en recuerdo de la menor Emilia Silva, quien falleció en el auto de sus padres tras ser impactado por un conductor ebrio, en enero de 2013.
La iniciativa, originada a partir de una moción de la Bancada PC-IC, establece entre sus puntos más importantes una pena que va desde los 3 años y un día a 10 años, una multa de 8 a 20 UTM y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica a los conductores ebrios que causen lesiones graves, gravísimas o con resultado de muerte. Uno de los promotores de la iniciativa, el diputado Hugo Gutiérrez (PC), destacó la transversalidad del apoyo, por tratarse de un tema sensible para la sociedad chilena. “Postergando nuestras legítimas diferencias políticas e ideológicas, todos en esta Corporación hemos entendido la importancia de responder a una demanda social, que es aquellos que manejan en estado de ebriedad y causen lesiones gravísimas o maten a un ser humano, a un chileno o una chilena tiene que recibir sanciones graves, altas. Es una gran noticia para nuestra sociedad, estamos diciendo no más impunidad. No queremos que esta legislación sea aplicable, esperamos que nuestros conciudadanos entiendan que no pueden manejar en estado de ebriedad porque se puede comprometer la vida de un ser humano”, concluyó el parlamentario.
Por su parte, la diputada Karol Cariola indicó: “Este proyecto levanta una disposición que fue presentada originalmente por colegas nuestros para hacer justicia frente a un caso particular como el de Emilia, pero que se repite todos los días porque todos los días están riesgo personas como ellas por la irresponsabilidad de otro (…) estamos haciendo un acto de justicia aprobando esta ley con padres que han dado una lucha importante porque este crimen no quede en impunidad”.
La “Ley Emilia” recibió el apoyo transversal de la Cámara, hecho constatado en los 99 votos favorables con que contó en su votación en general. Igualmente, cada uno de sus artículos fue aprobado por una votación similar. La propuesta legal dispone que al autor del delito se le impondrá la pena de presidio mayor en su grado mínimo y multa de 8 a 20 UTM, además de la pena de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica en los siguientes casos: si el responsable huye del lugar del accidente y no presta ayuda a la víctima; si el responsable hubiese sido condenado anteriormente por alguno de los delitos previstos en este artículo; o si el delito hubiese sido cometido por un conductor cuya profesión u oficio consista en el transporte de personas o bienes y hubiese actuado en el ejercicio de sus funciones.
Si no concurren circunstancias atenuantes ni agravantes en el hecho, el tribunal puede recorrer toda la extensión de la pena señalada por la ley al aplicarla. Si se presentan una o más circunstancias atenuantes y ninguna agravante, el tribunal impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo. Si concurren una o más agravantes y ninguna atenuante, aplicará la pena de presidio mayor en su grado mínimo.
Santiago de Chile, 16 de julio 2014
Crónica Digital