CUMBRE SOCIAL DEL MERCOSUR CIERRA CON LLAMADO A FORTALECER DEMOCRACIA

La XV Cumbre Social del Mercado Común del Sur (Mercosur) culminó con un llamado de la ministra argentina de Desarrollo Social, Alicia Kirchner, a trabajar por el fortalecimiento de la democracia en la región.

Tenemos que escribir definitivamente la etapa emancipadora del fortalecimiento de la democracia; que no se disfrace más de nada, alentó Kirchner a los más de 800 participantes de ocho países que concurrieron al encuentro de dos días.

La titular argentina felicitó a los jóvenes «por los ejes en que trabajaron» y aludió de manera particular al tema de la inclusión social como elemento transformador de los pueblos.

Lanzó además una exhortación a militar «puerta a puerta, lugar por lugar» y a no bajar los brazos en su tarea. Trabajen, comprométanse y pongan las convicciones siempre, alentó.

Hoy, en un panel sobre «Derechos Humanos en el Mercosur. Avances y Desafíos» participaron el secretario argentino de Derechos Humanos, Martín Fresneda; la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, y el director del Instituto Social del Mercosur, Cristian Mizra.

Fresneda manifestó su orgullo porque «haya una nueva generación política que se presenta de cara a sus pueblos, que debata cómo quieren vivir y cómo conseguir la conquista de ello».

Realzó también el papel de los derechos humanos como herramienta de transformación social de los pueblos, y se sumó al clamor generalizado del foro al condenar el golpe de Estado que destituyó al presidente constitucional de Paraguay, Fernando Lugo.

La Cumbre Social del Mercosur fue oficialmente inaugurada anoche por el ministro argentino de Relaciones Exteriores y Culto, Héctor Timerman, quien advirtió sobre la existencia de grupos políticos que buscan abortar el proceso integracionista latinoamericano.

Nunca hubo un avance en la integración tan exitoso como el actual; «el problema es que van a tratar de descarrilar uno a uno los proyectos que estamos construyendo», subrayó el canciller.

Refiriéndose a la situación en Paraguay, apuntó que el viernes pasado un proyecto popular fue puesto a un costado ante el avasallamiento de un orden constitucional; pero ese día Lugo no estaba solo, Paraguay no estaba sólo, enfatizó.

Mendoza, Argentina 29 junio 2012
Prensa Latina

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PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL ESTABLECE EL PLEBISCITO COMO MEDIO DE DECISIÓN CIUDADANA

Vie Jun 29 , 2012
La iniciativa modifica la Constitución Política de la República, indicando que podrá convocarse a votación popular para las elecciones previstas por la Constitución y para plebiscitos vinculantes sobre asuntos de interés nacional, regional o comunal. Los parlamentarios autores de la moción señalan que hoy el Estado chileno vive una profunda crisis de representatividad, generada por un sistema electoral y cerrojos constitucionales que han sido diseñados precisamente para deformar la voluntad ciudadana y para impedir la vigencia del principio más básico de la democracia. Esta institucionalidad ya descrita, ha impedido durante muchos años la satisfacción de mayoritarias demandas sociales. “Esta situación amenaza gravemente la estabilidad y la paz del país y es por ello menester avanzar en profundos cambios institucionales que debiesen concretarse en una nueva Constitución Política elaborada en una Asamblea Constituyente”, recalcan los legisladores. Por esta razón, proponen el establecimiento de la institución de los plebiscitos vinculantes. “Ello permitirá dirimir con plena legitimidad los grandes conflictos sociales que atraviesan al país en materias como la preservación de la naturaleza, la inversión extranjera en la gran minería del cobre, la equidad y calidad de la educación, la administración de los fondos previsionales, los derechos de los pueblos originarios, la plena igualdad de derechos para la diversidad sexual, la descentralización del Estado, el uso de los territorios a nivel regional o comunal, etc.”, señalan. De este modo, el proyecto de ley modifica el artículo 15 de la Constitución Política de la República, indicando que podrá convocarse a votación popular para las elecciones previstas por la Constitución y para plebiscitos vinculantes sobre asuntos de interés nacional, regional o comunal. Asimismo, podrán plebiscitarse todo tipo de asuntos de interés público, ya sean de rango administrativo o legal, incluida la convocatoria a Asamblea Constituyente. Las consultas sobre las cuales deba pronunciarse la ciudadanía serán formuladas en términos claros y precisos. Cuando correspondan a la implementación de una política pública determinada, deberá indicarse en ella los medios jurídicos económicos de su implementación como asimismo los plazos que tendrá la autoridad para ponerlas en ejecución. Los plebiscitos nacionales serán convocados por el Presidente de la República a requerimiento de un número de ciudadanos equivalente al cinco por ciento de los que hubieren sufragado en la última elección general de diputados. Además, los plebiscitos regionales serán convocados por el Intendente Regional, sobre materias de la competencia de los Gobiernos Regionales, a requerimiento de un número de ciudadanos equivalente al cinco por ciento de los ciudadanos que hubieren sufragado en la última elección general de diputados en la Región. También se dispone que los plebiscitos comunales serán convocados por el Alcalde respectivo, sobre materias propias del Gobierno Comunal, a requerimiento de un número de ciudadanos equivalente al cinco por ciento de los ciudadanos que hubieren sufragado en la última elección general de diputados en la comuna. El resultado del plebiscito será vinculante para todos los órganos del Estado, si sufragan al menos el cincuenta por ciento más uno del total de ciudadanos en condiciones de hacerlo. La infracción […]

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