PROPONEN CONSAGRAR EXPRESAMENTE A DIARIOS ELECTRÓNICOS COMO MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

A través de dos mociones, un grupo de diputados propone que a los medios electrónicos, dada su creciente masividad, les sean aplicadas las mismas normas jurídicas que al resto de las publicaciones de soporte tradicional.

La primera iniciativa , fue presentada por los diputados María José Hoffmann (UDI), Juan Luis Castro (PS), Juan Antonio Coloma (UD), Aldo Cornejo (DC),Ramón Farías (DC), José Antonio Kast (UDI); Alberto Robles (PRSD), David Sandoval (UDI),Víctor Torres (DC) e Ignacio Urrutia (UDI), y modifica la ley N° 19.733, sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, con el objeto de consagrar expresamente a los diarios electrónicos como medios de comunicación social.

La segunda propuesta (boletín 9461) modifica la misma norma, para exigir a los diarios electrónicos el cumplimiento de las exigencias establecidas para los medios de comunicación social. Fue presentada por los diputados maría José Hoffmann (UDI), Juan Luis Castro (PS), Ramón Farías (PPD), Gustavo Hasbún (UDI), José Antonio Kast (UDI),Patricio Melero (UDI), Alberto Robles (PRSD), David Sandoval (UDI), Víctor Torres (DC) yEnrique Van Rysselberghe (UDI).

Los autores indican que la La Ley N° 19.733, Sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, no reconoce expresamente a los diarios digitales o electrónicos como medio de comunicación social escrito, entendiéndose para todos los efectos legales como medios de comunicación social, ni establece formalidades para su funcionamiento, por tratarse de una ley anterior a su existencia.

Explican que se trata de otro medio de comunicación social, diferente a los existentes, con una matriz que si bien nace de los diarios impresos, tiene un soporte distinto y otras posibilidades de análisis de la actualidad, con un proceso de recepción diferente y con características propias, tales como la interactividad de los contenidos con los lectores, conexión múltiple no solo de textos de manera automática e instantánea sino también de videos, sonidos, gráficos y otros, sin límites de espacio en su diseño, pudiendo combinar distintos recursos multimedia y permitir incluso una personalización de los contenidos.

Debido a que los avances tecnológicos han permitido su masividad, subrayan que «se hace indispensable su reconocimiento y consagración en nuestro Ordenamiento Jurídico de manera expresa como un medio de comunicación social».

Debido al vacío legal en esta materia, en marzo de 2003 la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) homologó los periódicos digitales a los medios impresos para los efectos de efectuar publicaciones legales, señalando en el ámbito de su competencia que el medio electrónico El Mostrador -el primero en Chile de esta naturaleza- «es un diario de amplia circulación nacional» y, por tal motivo, que es plenamente válido efectuar en tal diario las publicaciones que por mandato legal o reglamentario se debe realizar en diarios de esas características. En el mismo sentido se pronunció la Contrataría General de la República en 2004.

«Si bien ambos organismos del Estado le han dado un valor y reconocimiento a los periódicos electrónicos, éste ha sido por la falta de norma expresa y por vía de la homologación con los periódicos impresos en papel, en circunstancias que, como ya señalamos anteriormente, no son lo mismo, pues pese a tener una matriz común, tienen un soporte distinto», expresan los legisladores.

Por ello proponen modificar la Ley sobre Libertades de Información y Opinión y Ejercicio del Periodismo, de manera de establecer que un diario electrónico es un medio de comunicación social, y que debe cumplir requisitos como comunicar a la Gobernación o Intendencia su iniciación de actividades; acreditar la inscripción en el Registro de Nombres del Dominio.cl NIC Chile e informar la frecuencia de sus actualizaciones.

También deberá indicar el nombre y el domicilio del propietario o concesionario, en su caso, o del representante legal, si se trata de una persona jurídica; y hacer el depósito legal correspondiente en la Biblioteca Nacional.

Ambas mociones serán estudiadas por la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Santiago de Chile, 1 de agosto 2014
Crónica Digital / Agencias

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LA MALA EDUCACIÓN EN LOS COLEGIOS PARTICULARES PAGADOS

Vie Ago 1 , 2014
Cada año, como cumpliendo con un ritual de actualización de las dinámicas de oferta y demanda a las que ha sido reducida en el país la institucionalidad educacional, el Mineduc y los grandes medios de prensa dan amplia cobertura a las brechas de resultados que se producen entre los estudiantes de las escuelas más humildes y aquéllos que pudieron acceder a la enseñanza particular o, al menos, a la particular subvencionada. En la práctica, los datos se han convertido en un eficaz mecanismo de propaganda para profundizar la tendencia privatizadora, bajo un discurso que apuesta al cierre de establecimientos gratuitos en la misma medida en que promueve el endeudamiento de los hogares para acceder a las supuestas bondades de esos otros que exigen capacidad de pago y, además, seleccionan a sus aspirantes a objeto de mantener promedios generales suficientemente decorosos para justificar la inversión que demandan a quienes son vistos como consumidores. Sin embargo, y más allá de las evidentes implicancias éticas de esta fórmula que, para salvaguardar el prestigio se compara con su propio ombligo, tal exitismo acaba de recibir un contundente balde de agua fría procedente de los propios aliados estratégicos de los dueños de Chile y de la educación. En efecto, la situación que vive el país en la materia no ha dejado indiferente a la OCDE, cuyo director de Educación, Andreas Schleicher, ha puesto sobre la mesa datos que echan por tierra la publicidad montada a nivel local respecto de los resultados académicos de los colegios privados. “El 10% de los estudiantes más desfavorecidos en Shanghai supera al 10% de los estudiantes más privilegiados de Chile”, señala el alto personero (El Mercurio, 23 de julio). Pero no se trata de arrojar sobre la mesa un dato aislado. El responsable del área de Educación del bloque añade otro elemento que los sostenedores chilenos no quieren oír: que los sistemas escolares de alto nivel “observan cómo mejorar el rendimiento de los profesores que tienen dificultades y cómo estructurar las remuneraciones salariales”. En ese sentido, indica, en Francia, Italia, Japón, Suiza y Estados Unidos, los establecimientos públicos obtienen mayores logros lectivos que los particulares “y cualquier ventaja observada entre las escuelas privadas se debe exclusivamente a un efecto de composición”. De acuerdo con la OCDE, el bajo rendimiento constatado en Chile “está estrechamente vinculado a desventajas sociales, más que en cualquier otro país”. Por eso, una auténtica reforma educacional debe implicar no sólo cambios tributarios destinados a financiar sus modelos pedagógicos, sino, sobre todo, a dar un giro en la distribución del ingreso.  Por Academia Libre Santiago de Chile, 1 de agosto 2014 Crónica Digital

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