admisible querella criminal presentada por la CCHDH en contra de funcionario de la Armada por ser presunto “autor material” del incendio en Iglesia San Francisco de Borja

Una querella criminal en contra del cabo 2° de la Armada de Chile, Ernesto Alejandro Osorio Loyola, como autor material del delito de “incendio agravado”, cometido en la Iglesia San Francisco de Borja, ubicada en calle Carabineros de Chile N°160, en la ciudad de Santiago, presentó, ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CChDH).

En el escrito, el presidente de la institución, abogado Carlos Margotta Trincado, explicita que en virtud de lo dispuesto en los artículos 111 inciso 2°, 112, 113 y 172 del Código Penal, la querella se interpone en contra del cabo Osorio Loyola, funcionario público perteneciente a la dotación de la Base Aeronaval de Concón, dependiente de la Armada de Chile, y “de todos los funcionarios públicos que resulten responsables, sea en la calidad de autores, cómplices o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, en razón de los hechos y los argumentos de derecho” relativos a este hecho, “ocurrido el 18 de octubre 2020, durante la conmemoración del primer aniversario del estallido social”.

Osorio Loyola fue detenido, junto a otras cuatro personas, como uno de los presuntos autores del incendio, que ese día, alrededor de las 16:00 horas, afectó a la iglesia institucional de Carabineros de Chile. Al momento de la detención -según informó entonces la policía uniformada- el cabo 2° de la Armada de Chile “portaba una resortera, una máscara y lentes de protección”.

La Armada de Chile, a través de sendos comunicados de prensa, inicialmente rechazó “categóricamente la participación de cualquiera de sus miembros en este tipo de actos violentos que se alejan absolutamente de la reglamentación vigente”, para más tarde ampliar la nota, identificando al funcionario, reconociendo que su detención se había producido en el marco de “desórdenes públicos”, pero poniendo énfasis en que ese día, Osorio Loyola “se encontraba de franco”.

“Esta inaceptable conducta debe necesariamente llevarnos a analizar y preguntarnos acerca de cuál es la determinación que impulsa a un funcionario de las fuerzas armadas y de orden, a infiltrarse en manifestaciones pacíficas” para transformarlas en actos delictivos, “y en consecuencia criminalizar el legítimo derecho a la libertad de reunión, de expresión y de manifestación, cuyo contenido está consagrado en el ordenamiento jurídico nacional y supranacional”, enfatiza la querella.

En este sentido, en la querella criminal, la CChDH también menciona como “hecho indiciario”, lo acontecido con Oscar Cifuentes Salgado, alias “Giovanny Arévalo Álvarez”, otro funcionario público, perteneciente a Inteligencia de Carabineros de Chile, quien se infiltró en ollas comunes en la población Lo Hermida, en el sector Oriente de la capital, “actuando como verdadero agente provocador -figura delictual y ajena a la normativa vigente que permite infiltraciones o revelaciones en contexto de organizaciones expresamente definidas en la ley- para causar diversos delitos”.

Santiago de Chile, 28 de octubre 2020
Crónica Digital

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Mié Oct 28 , 2020
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