Basado en el trabajo con 33 organizaciones sociales de personas mayores, las y los convencionales Benito Baranda, Jorge Baradit, Carlos Calvo, Adriana Cancino, Trinidad Castillo, Roberto Celedón, Giovanna Roa, Constanza Schonhaut, Mariela Serey, Patricia Politzer, Paola Grandón, Elisa Loncón y Bernardo de la Maza presentaron una Iniciativa de Norma Constituyente para consagrar los derechos fundamentales de este importante grupo etáreo.
El envejecimiento de la población es uno de los retos demográficos más importantes del siglo XXI, se estima que para el año 2050 el número de personas de 60 años de edad y más, alcanzará el 25 % de la población nacional. Si bien esto es un indicador de éxito para el país, las personas mayores han sufrido discriminación históricamente, expresada en la falta de acceso a los sistemas formales, condiciones de vida precarias, ausencia de políticas de cuidados y menoscabo de su dignidad e imagen pública. En la Constitución vigente, no existe reconocimiento expreso a las personas mayores.
En la presentación de la iniciativa, Benito Baranda advirtió que esta norma implica deberes del Estado para cumplir con los derechos que se han integrado a la propuesta desde lo contemplado en la Convención Interamericana sobre las personas mayores. Esta norma fue presentada luego de acoger las inquietudes y el trabajo con múltiples organizaciones de la sociedad civil de personas mayores”.
La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Chile en 2017, establece que es deber de los Estados parte garantizar los derechos que ella contiene, situación que Chile aún no se implementa. Por ello, las y los convencionales Benito Baranda, Jorge Baradit, Carlos Calvo, Adriana Cancino, Trinidad Castillo, Roberto Celedón, Giovanna Roa, Constanza Schonhaut, Mariela Serey, Patricia Politzer, Paola Grandón, Elisa Loncón y Bernardo de la Maza con el respaldo de numerosas organización sociales, buscan consagrar los derechos de las Personas Mayores en la nueva Carta Magna.
El grupo transversal de convencionales, ha propuesto un robusto y consensuado artículo ante la comisión de Derechos Fundamentales de la convención, señalando que las Personas Mayores tienen derecho a lo consignado en los tratados internacionales de derechos humanos ya ratificados por Chile. La norma asigna especial atención a la dignidad, los apoyos y salvaguardias, la accesibilidad universal al entorno físico, social, económico, político y cultural, a una vida independiente y autónoma, y a ser incluidas en la comunidad para participar en asuntos públicos de forma activa.
La iniciativa de norma constituyente, también persigue asegurar el derecho a una pensión suficiente para una vejez digna, siendo deber del Estado adoptar las medidas necesarias para garantizar estos derechos y prevenir obstáculos o discriminación que impidan su pleno ejercicio. Finalmente, plantean reformular el sistema público de atención y protección de personas mayores, para que sea de carácter universal, integral, con enfoque de curso de vida, perspectiva de género e interseccionalidad; esta nueva institución elaborará, coordinará y ejecutará las políticas y programas dirigidos a atender sus necesidades, considerando especialmente a las personas en situación de dependencia y sujetas a cuidados. Prohibiendo y sancionando cualquier tipo de discriminación, abuso, maltrato, violencia y explotación en contra de las personas por razones de edad.