CHILENOS SALUDAN A SILVIO RODRÍGUEZ Y AL PUEBLO CUBANO

En respuesta a un mensaje del autor de El Necio a los residentes de Talca, las organizaciones chilenas expresaron que esperan con ansias «el momento en que tu canto para el pueblo llegue a nuestra ciudad convocando a tu familia chilena».

El comunicado, entregado a Prensa Latina, señala que esa familia chilena del creador de Ojalña «nunca dejará de oír tu música, pero sobre todo nunca dejará de sentirte cercano y valorar tu aporte en la lucha por recuperar la democracia para nuestro país».

Al referirse a la suspensión en marzo de un concierto en Talca debido a los altos precios de las entradas, asegura que ello no constituye una ofensa para los que «compartimos de una u otra forma tus ideales a través de tus canciones».

Más bien, agrega, es la consecuencia natural de una vida coherente entregada a los ideales de la Revolución cubana y, en esencia, al pueblo.

Aquellos que se empeñan en mostrar una imagen distinta de esta situación sólo piensan en saciar sus deseos personales de figuración, subraya la nota, fechada en Talca.

Tu decisión -continua- supera cualquier «lógica de mercado» y abre la posibilidad para que todos, sin distinción de clases ni de ningún tipo, podamos disfrutar de tu canto.

Los delegados al Encuentro Interzonal expresaron, por último, el «más grande de los abrazos solidarios del pueblo de Chile hacia el pueblo de Cuba y de manera especial hacia tu persona».

Santiago de Chile, 21 de mayo 2007
Crónica Digital , 0, 90, 3

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Next Post

¿QUÉ CONTRIBUYENTES NO DEBEN DAR AVISO DE TÉRMINO DE GIRO?

Lun May 21 , 2007
‘•,Entes colectivos, tales como clubes deportivos, asociaciones gremiales, etc., que habiendo obtenido sólo RUT, no han dado aviso de Inicio de Actividades. •,Las empresas individuales que se conviertan en sociedades de cualquier naturaleza, cuando la sociedad que se crea se hace responsable solidariamente en la respectiva escritura social de todos los impuestos que se adeuden por la empresa individual y que estén relacionados con su giro o actividad. •,Cuando existe aporte de todo el activo y pasivo o fusión de sociedades, siempre que en la escritura de aporte o fusión la sociedad que se crea o permanezca se haga responsable de todos los impuestos que se adeuden por la sociedad aportante o fusionada. •,Contribuyentes que exploten, a cualquier título, vehículos motorizados en el transporte terrestre de pasajeros y/o de carga ajena, cuando enajenen uno o más de dichos vehículos y que deseen continuar con esta actividad u otra que tribute en la Primera Categoría de la Ley de la Renta, en un plazo inferior a los 6 meses desde que se dio aviso de la venta en el SII. •,Contribuyentes que no sean Sociedades Anónimas (S.A.) o en comandita por acciones, que exploten a cualquier título vehículos motorizados en el transporte terrestre de pasajeros y que estén acogidos al régimen de Renta Presunta y liberados de la obligación de dar aviso de Inicio de Actividades. •,Disolución de sociedades de cualquier naturaleza, por reunir todos los derechos o acciones en una persona jurídica, siempre que esta última se haga responsable de todos los impuestos adeudados por la sociedad que se disuelve en una escritura pública suscrita para tal efecto. •,En los casos de transformación de sociedades, por subsistir la personalidad jurídica. •,Contribuyentes con varias actividades afectas a la primera categoría de la Ley de la Renta y que cesen en una o varias de ellas, pero que mantengan por lo menos una. En esta situación particular sólo deberán dar aviso de la modificación. •,Cambios de actividad o giro, que sólo se informan con arreglo a lo instruido en la Circular N° 17, de 1995. Por su parte, los contribuyentes que sólo tengan rentas de la segunda categoría de la Ley de la Renta no deben dar aviso de Término de Giro, sin embargo, podrán hacerlo si es que así lo desean según lo establecido en el Artículo 42, Nº 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección «¿Cómo se hace para….?», opción Efectuar Término de Giro. Santiago de Chile, 21 de mayo 2007 Crónica Digital/SII , 0, 30, 12’

Te puede interesar:

Las opiniones vertidas en este medio de comunicación no necesariamente representan el sentir de Crónica Digital y son de responsabilidad de quienes las emiten.

Crónica Digital, es un medio de comunicación social, republicano y comunitario. Fue fundado el 19 de abril del año 2005. Su objetivo periodístico es informar sobre los principales noticias de Chile, América Latina y el mundo.

El director de Crónica Digital es el periodista Marcel Garcés Muñoz.

Su representante legal y editor general es el periodista Iván Antonio Gutiérrez Lozano.

El editor nacional es el periodista Ramón Vargas Vega.

El editor cultura es el periodista Miguel Alvarado.

Corresponsal en La Habana, Cuba, Florencia Lagos N.

El asesor legal es el académico y abogado Sr. Pablo Méndez Soto.

Los principales asociados informativos de Crónica Digital son la Agencia Informativa Latinoamericana Prensa Latina , la agencia de noticias China, Xinhua y TV Brics.

En Chile, el medio electrónico El Maipo

Correo: cronicadigital@gmail.com
Dirección: Maturana 302 local 2
Santiago de Chile.

Desde el año 2005 Crónica Digital es parte de la Asamblea Nacional por los Derechos Humanos.

Crónica Digital es una marca registrada. Todos los derechos reservados.

Redacción Diario Crónica Digital
Fono: 950142601

Un café en una plaza con historia....

Maturana con Huérfanos
plaza Brasil,
Santiago de Chile.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es cafe-con-torta-900x675.jpeg