- Así lo aseguró el ex Secretario General de la OEA a la vez que planteó la necesidad de realizar “un cambio gradual pero profundo, que permita una elevación de las pensiones en el corto plazo y al mismo tiempo iniciar un cambio estructural”.
En la comuna de Cerrillos, junto al alcalde socialista Arturo Aguirre y ante un grupo de adultos mayores, José Miguel Insulza planteó su visión sobre las modificaciones que deben ser aplicadas al actual sistema de pensiones, el que, según sus palabras, “no da para más”.
Al respecto, el precandidato socialista a la Presidencia de la República, aseguró que “la reforma del sistema de pensiones requiere medidas con efectos inmediatos e iniciar un proceso de reforma que aborde los problemas de las próximas décadas”. Sobre el mismo punto añadió que la modificación al sistema “debe apuntar a un cambio profundo de manera que la seguridad social esté garantizada como un derecho, donde se sume a la capitalización individual un aporte tanto de la empresa como del Estado”.
Indicó asimismo que esta iniciativa “debe ser un eje programático en la agenda de gobierno, porque se requiere una seguridad social que junto a ser sustentable financieramente tenga como principios la universalidad, la igualdad, la solidaridad y la integralidad”.
El ex Ministro del Interior planteó en el desayuno con los adultos mayores, que los objetivos de un cambio, deben apuntar a asegurar una elevación generalizada de las pensiones de los sectores medios y populares. Explicó, también, la conveniencia de implicar al Estado en el manejo de los fondos de pensiones de todos los chilenos y ampliar la competencia de manera de reducir significativamente las comisiones que entregan a las AFP tasas de rentabilidad en torno al 25%.
Las Afps «son un gran negocio para sus propietarios, pero no sirven para garantizar las pensiones dignas que se merecen los chilenos y chilenas», cuando llegan a una etapa de la vida en que solo dependen de ese ingreso, puntualizó Insulza. De ahi, entonces, la urgencia de poner el foco en una demanda que la ciudadanía ha empezado a reclamar de manera activa, en las calles, al gobierno y a los principales actores políticos, admitió.
Santiago de Chile, 20 de enero 2017
Crónica Digital
Vie Ene 20 , 2017
La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por la detención ilegal de Juan Alvarado Rodríguez, registrada en Puerto Montt el 8 de diciembre pasado. Alvarado se encontraba caminando por la calle para encontrarse con su esposa, para luego dirigirse a su hogar. Es en este momento cuando fue detenido por una pareja de carabineros que se trasladaba en un vehículo policial, los que lo detuvieron, esposaron y golpearon. El escrito relata que “mientras era trasladado en el vehículo policial, carabineros aceleraba y frenaba abruptamente, lo que provocaba que se golpeara en diversas partes del cuerpo y en su cabeza, ya que estaba esposado con las manos atrás, en la cabina del carro”. Posteriormente, ya en la comisaría, lo golpes e insultos continuaron, también la transgresión del procedimiento y reglamentos pues el carabinero no permitió que se le constataran lesiones al amparado, manteniéndolo durante más de seis horas: El argumento policial era que el detenido no habría tenido carnet de identidad y que habría intentado huir al ser controlado. Es así como en fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y los abogados (i) Jean Pierre Matus y Jaime Rodríguez– acogió la acción cautelar presentada por el INDH, al establecer el actuar arbitrario e ilegal de los carabineros en el procedimiento. “La acción policial aparece desplegada al margen de la legalidad vigente, ya que no obstante las conclusiones a que se arribe sobre la existencia o no de una negativa del recurrente a identificarse y del origen de las lesiones de que da cuenta el informe de primeras atenciones aportado al recurso, es un hecho cierto que a lo menos la privación de libertad de Juan Absalón Alvarado Rodríguez se extendió por un lapso que excedió lo razonable y admisible y que durante ella, sufrió las lesiones de que da cuenta el informe de primeras atenciones aportado al recurso», dice el fallo de la Corte Suprema. La sentencia establece además que los carabineros “ejecutaron actuaciones que afectaron gravemente la libertad personal y seguridad individual de Juan Absalón Alvarado Rodríguez sin que las razones dadas sean satisfactorias y coherentes, por lo que al haberse constatado una actuación al margen de las normas legales por parte del ente policial afectando las garantías constitucionales ya referidas, esta Corte se ve en la necesidad de acoger el recurso presentado para el efecto de declarar la referida ilegalidad y decretar las medidas que el caso amerita». Ver fallos Corte Suprema ICA Puerto Montt Santiago de Chile, 20 de enero 2017 Crónica Digital