Con arresto domiciliario quedaron detenidas María Soledad Chavez y la contadora Gloria Pávez Chávez por el delito de comercialización de facturas falsas vinculadas al caso Publicam. Asimismo, esta tarde sería formalizada la hermana de Manuel Arancibia, Margarita quien no pudo asistir a la audiencia de cargo por encontrarse enferma.
El fiscal que investiga el caso, Francisco Jacir, había solicitado mantener el arresto al funcionario del Servicio de Impuestos Internos, Luis Jofré, por su responsabilidad en este ilícito para lo cual los tribunales habrían accedido a la petición. Asimismo, la fiscalía tiene un plazo de un año para realizar la investigación.
Cabe recordar que el caso Publicam se está investigando, paralelamente, por la fiscalía oriente por las irregularidades detectadas en Chiledeportes.
Santiago de Chile, 27 de noviembre de 2006.
Crónica Digital/Agencias
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Mar Nov 28 , 2006
Sólo se ha salvado el primer trámite en el Congreso, donde la reforma fue aprobada por unanimidad en la Comisión del Senado el 4 de octubre de 2005, luego de negociaciones con los partidos de la Alianza por Chile, opuestos a la iniciativa, que parecieron dar luz verde al proyecto siete años después de la suscripción en Roma. Pero en el año que ha transcurrido, el Ejecutivo al impulsar la ratificación, ha caído en todas las trampas que le han tendido los opositores, al punto que ésta se ve cada vez más lejana. La iniciativa se ha visto trabada por consultas a los Comandantes en Jefe y a un ex ministro de Defensa sobre las consecuencias que podría tener para Chile la eventual aplicación de la ley ASPA (American Servicemembers Protection Act) y, cuando el fantasma de sanciones parece disiparse al ablandarse la posición del país del norte al respecto, ahora la UDI anuncia que antes de decidir si aprueba el instrumento internacional verá cómo se materializa el fallo de la CIDH que condenó a Chile por la Ley de Amnistía. El hecho concreto es que Chile no llegará a la CPI, al menos mientras no se cuente con 23 senadores y 72 diputados, imposibles de reunir con el sistema binominal imperante, el que tampoco se acepta reformar y cambiar por otro más justo, en el que el 30% no valga igual que el 70% para llenar los cargos parlamentarios, verdadero seguro de vida de la minoría, herencia dejada por la dictadura en favor de sus partidarios. La CIDH ha declarado que el DL Nº 2.191 de 1978 contraviene las normas internacionales de Derechos Humanos y las obligaciones de Chile y debe ser anulado. El DL, en realidad de auto amnistía, prohíbe el procesamiento de involucrados en actos criminales cometidos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978, periodo caracterizado por violaciones sistemáticas y generalizadas de los DD HH, actos de tortura, desapariciones y ejecuciones extrajudiciales cometidas por las fuerzas de seguridad. Ya en enero de 2001, Amnistía Internacional y la Comisión Internacional de Juristas publicaron un exhaustivo informe en derecho que aborda la cuestión de la incompatibilidad del DL con el derecho internacional y la obligación de los tribunales chilenos de investigar y enjuiciar a los autores de violaciones graves de los DD HH cometidas durante el gobierno militar ( ). Amnistía Internacional considera que la mayoría de los crímenes de esta naturaleza cometidos en Chile durante ese periodo siguen impunes, constituyendo crímenes contra la humanidad y que las autoridades chilenas tienen la obligación de investigar la suerte corrida por las personas desaparecidas, enjuiciar y castigar a quienes resulten responsables en actos que, como crímenes de lesa humanidad, no están sujetos a ningún tipo de prescripción y anular la Ley de Amnistía, que es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado chileno. Cabe preguntarse ¿Cuánto tiempo demorará el sistema legislativo chileno en anular el DL 2.191, no obstante requerirse quórum simple al efecto, […]