¿CÓMO PUEDE MODIFICAR SU INFORMACIÓN ANTE EL SII?

Cuando realice alguna modificación en una oficina del SII, deberá presentar los siguientes documentos:

· Cédula Rut del contribuyente, si es Persona Jurídica, o Cédula de Identidad, si es Persona Natural.

· Cédula de Identidad del (los) representante(s). Si actúa otra persona (mandatario) puede presentar fotocopia ante notario de la cédula del (los) representante(s).

· Formulario de Modificaciones lleno y firmado.

· Cuando se presente una persona distinta al contribuyente o representante(s), debe portar, además, su Cédula de Identidad y el poder autorizado ante notario, ministro de fe del SII u oficial del Registro Civil donde no existan notarios, para actuar, en su nombre, ante el SII.

Modificaciones obligatorias

Las modificaciones que deben ser informadas de manera obligatoria son las siguientes: Modificación de Razón Social; Cambio de domicilio; Modificación de la actividad o giro declarado; Apertura, cambio o cierre de sucursal; Modificación del domicilio postal (casilla, o apartado postal u oficina de correos Ingreso, retiro o cambio de socios o comuneros (cesión de derechos Modificación del porcentaje de participación en el capital y/o utilidades; Aporte de capital de personas jurídicas; Cambio de representantes y sus domicilios; Transformaciones de sociedades; Conversión de empresa individual a sociedad; Aporte de todo el activo y pasivo a otra sociedad; Fusión de sociedades; Absorción de sociedades y División de sociedades.

El plazo para la realización de estos cambios es el mismo; vale decir, 15 días hábiles, luego de ejecutada la modificación de los datos o antecedentes, o bien a partir de la fecha de inscripción en el Registro de Comercio, en aquellos casos en que corresponda. Al mismo tiempo, cabe destacar que existen situaciones contempladas en el artículo 69 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario, en las que es necesario contar con una autorización para realizar tales cambios, como es el caso de la disminución de capital.

Santiago de Chile, 29 de octubre 2007.
Crónica Digital / SII , 0, 103, 3

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PIDEN POSTERGAR VIGENCIA DE TRIBUNALES LABORALES

Lun Oct 29 , 2007
El ministro Urbano Marín fue categórico “en las condiciones que están ahora los tribunales, podrían funcionar con dificultad, porque también hay reformas de procedimiento como el monitorio y el tutelar, lo que a juicio de la Corte debería postergarse la entrada en vigencia de estas dos modalidades, hasta que estén más organizada la nueva justicia penal». El vocero del Poder Judicial, hizo estas declaraciones al evaluar los resultados del cónclave de ministros, realizado este fin de semana en la localidad costera de Reñaca en la Quinta Región, donde solicitó públicamente que las autoridades políticas y de gobierno posterguen la entrada en vigencia de los nuevos tribunales laborales hasta que las condiciones necesarias estén dadas. Marín sostuvo que sus pares tienen la convicción que el nuevo diseño de Tribunales Laborales presenta problemas de forma y fondo y la solicitud de postergación tiene como único fin no cometer los mismo errores que han tenido los Tribunales de Familia donde el acceso a la justicia no ha sido lo más eficiente. Por tal motivo Urbano Marín pidió a los poderes Ejecutivo y Legislativo que apuren la aprobación de las leyes necesarias para que se puedan hacer las rectificaciones al funcionamiento de los tribunales. «Los errores se han analizado desde que se puso en marcha los tribunales y no hay un filtro que controle la variedad y la cantidad de demandas que plantea los interesados en recurrir a estos tribunales”, recalcó el ministro Marín. Santiago de Chile, 29 de octubre 2007. Crónica Digital , 0, 47, 3

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