PIDEN A ENAP SOLUCIONES A DESASTRE MEDIO AMBIENTAL EN EL SUR

Dijo que la empresa estatal debe indemnizar a los pescadores y trabajadores que se ven afectados por el derrame de 350 metros cúbicos de petróleo, debido a una fisura en el centro del ducto submarino de la empresa Refinerías Bío Bío.

Además, el parlamentario por Talcahuano expresó que solicitará «que la empresa se haga responsable de todos los daños que se están produciendo ahora, en el corto plazo, pero que también disponga de todos los recursos necesarios para tomar las medidas de mitigación de la crisis a más largo plazo.
Por lo que le solicitaremos que contraten una consultoría ambiental internacional que elabore un informe pericial con una evaluación de todas las áreas de descarga de petróleo desde los barcos hacia la planta, particularmente, las que están instaladas en terrenos de playa».

Del mismo modo, Navarro informó que pedirá a la Directemar, un informe detallado respecto «al impacto que se ha provocado en la bahía y que nos indiquen si el daño producido es transitorio o permanente, además del volumen del mismo, el estado de las especies acuáticas, estado de la bahia, y todos aquellos parámetros relacionados con el cuerpo de agua, la flora y la fgauna que permitan tener una visión amplia y de futuro sobre el cuadro ambiental que resultará de este daño y que pueda seguir repercutiendo en la actividad económica de los pescadores»

Finalmente el legislador, presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Senado, señaló que «los ojos de muchas empresas privadas están puestas en este desastre. En ese sentido, Enap debe dar el ejemplo controlando la crisis y reparando el daño causado tanto a los pescadores como al medio ambiente, pues sólo de esa manera el Estado tiene la autoridad para hacerle las mismas exigencias a los privados».

Concepción, 29 de mayo 2007
Crónica Digital , 0, 54, 16

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DEFENSA JURÍDICA GRATUITA Y DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS ABOGADOS

Mié May 30 , 2007
En tal sentido, tenemos la Corporación de Asistencia Judicial, la Defensoría Penal Pública, el Servicio Nacional de Menores, el Servicio Nacional de la Mujer, así como también el servicio del abogado de turno. Sin embargo, esta última institución no ha sido correctamente aplicada por nuestros tribunales, pues la interpretan al punto de vulnerar los derechos fundamentales de los propios abogados. A vía ejemplar, el pleno de la Corte Suprema acordó que resultaba apropiado que los jueces de familia designen abogados de turno en los procedimientos que tramitan, lo que fue objetado acertadamente por el presidente del Colegio de Abogados. Se esgrimió que es una carga ilegítima e ilegal, pues implica asumir la obligación de ejecutar un trabajo en forma gratuita, y que este sistema existe sólo para las causas civiles y del trabajo, pero no lo contempla para las de familia. Por ello, el oficio del colegio profesional solicitó instruir a los Tribunales de Familia de todo el país para que se abstuvieran de designar abogados de turno y, en vez de ello, derivasen a las personas calificadas por la ley para obtener asesoría gratuita, a las Corporaciones de Asistencia Judicial o instituciones que prestan este tipo de servicios. En igual sentido, días atrás, el Consejo General acogió el amparo profesional presentado por una abogada asociada que había sido designada como abogado de turno en materia penal, pese a que se encontraba alejada de la profesión, y se ha dedicado a su familia. Pero al parecer los derechos fundamentales no existen para ella, pues la corte rechazó que se le eximiera de la carga del turno. En la actualidad hay una clara tendencia a profesionalizar la intervención de la defensoría letrada ante los tribunales y no vemos por qué la judicatura de familia quede excluida de ella. Más aún, esperamos que se modifique o suprima el sistema de práctica en las corporaciones de asistencia, que están basadas en planteamientos opuestos a la libertad de trabajo, igualdad ante las cargas públicas y debida defensa en juicio. Los supuestos fácticos bajo los que operaba décadas atrás son actualmente insostenibles. La justicia no puede sustentarse en la vulneración de la igualdad ante la ley, ya que los estudiantes en práctica de las demás profesiones muchas veces tienen al menos una remuneración mínima, seguridad social y no trabajan gratuitamente para el Estado. Dicha situación debe corregirse a la brevedad y, en tal sentido, la intervención de los colegios profesionales es vital para ello. Por: Carlos López Díaz, profesor de Derecho Civil de la Universidad Central Santiago de Chile, 30 de mayo 2007 Crónica Digital , 0, 267, 3

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