Velasco considera un precio de 1,21 dólares la libra solamente, 2 dólares por debajo del precio actual, argumentando que el alto precio actual del cobre sería accidental, y que 1,21 dólares la libra correspondía al precio de largo plazo.
Sorprende que un precio tan bajo del cobre sea considerado para estimar los ingresos del Presupuesto, sobretodo cuando sabemos que el Sr. Velasco no solo es economista, sino que es además profesor de la prestigiosa Universidad de Harvard, y en consecuencia, como profesor e investigador, debe con toda seguridad conocer que las estadísticas nos muestran que el precio real de largo plazo del cobre de los últimos 40 años alcanza los 2 dólares la libra, y que lo único que ha sido accidental es el bajo precio del cobre observado entre 1997 y el 2003. Que doña Juanita desconozca estas estadísticas, no extrañaría a nadie, pero nada justifica que un economista de la talla del Sr. Velasco, simule no conocerlas.
El Sr. Velasco tampoco puede desconocer que el bajo precio del cobre observado entre 1997 y 2003, se debió exclusivamente a la sobreproducción generada por la exagerada inversión extranjera en la minería chilena, autorizada por los anteriores gobiernos de la Concertación, sobre inversión que se produjo no por incapacidad intelectual de esos gobiernos, sino más bien por super capacidad negocial o coimicional de los altos funcionarios chilenos que la autorizaron. Esta innecesaria sobre inversión minera es la que produjo la sobreproducción y la importante caída del precio del cobre, sobreproducción que comenzó a desaparecer a partir del año 2003, solo gracias a que varios yacimientos mineros argentinos no pudieron ponerse en explotación, porque en octubre del año 2000, el Tribunal Constitucional chileno impidió que al amparo del Tratado Minero, la producción minera argentina pudiera salir al Pacífico por puertos chilenos. Si bien es concebible que la opinión pública desconozca esta información, no se entiende que un economista y profesor universitario como el Sr. Velasco la desconozca.
Tampoco puede ignorar este economista profesor de Harvard, que Chile aporta al mercado mundial más de la mitad del cobre de mina que se comercializa en el mundo, lo que en los hechos determina que Chile monopoliza el comercio mundial del cobre, y puede entonces imponer su precio, porque tiene en el cobre un peso mayor que la OPEP en el petróleo, que controla solo un tercio del mercado mundial del petróleo, sin embargo la OPEP logró aumentar el precio del petróleo, desde de 1,9 dólares el barril en 1973, a 9 dólares en 1974 y cerca de 60 dólares en la actualidad. En comparación, el Estado de Chile, mediante solamente sus empresas Codelco y Enami, controla cerca del 25 % del cobre que se exporta en el mundo, es decir un peso muy cercano al de los 11 países de la OPEP en el petróleo. Que Chile puede controlar el precio del cobre, eso es evidente. Solo falta inteligencia y voluntad política de nuestros gobernantes para que ello se realice.
Tampoco puede desconocer el Sr. Andrés Velasco, que si el precio del cobre llegara a caer del actual precio de 3 dólares a 1,21 dólares la libra, precio que el estimó para el Presupuesto, y que de producirse una tan importante caída del precio del cobre que provocaría un daño enorme a los ingresos del Estado, en ese caso el gobierno de Chile puede recurrir DL 1.349, promulgado por Pinochet en 1976, que en su artículo 19 faculta al Presidente de Chile para que mediante un simple decreto supremo establezca el estanco del cobre y fije su precio no solo para Codelco sino que también para todo el conjunto de empresas mineras extranjeras. Si el gobierno adoptara una decisión como esa, lo que es absolutamente legal y legítimo, las empresas extranjeras no podrían alegar que existiría en ese caso un cambio en las reglas del juego, puesto que todas ellas invirtieron en Chile después de 1976, con plena vigencia del art. 19 del DL 1.349. Esto quiere decir, que para controlar el precio del cobre y que no baje a 1,21 la libra, el gobierno no necesita legislar o cambiar la Constitución, solo le basta ejercer su potestad reglamentaria.
Es evidente entonces, que desde parámetros estrictamente económicos, no existen razones que justifiquen un precio tan bajo del cobre, como el utilizado por Sr. Ministro de Hacienda para disminuir artificialmente los ingresos del Presupuesto. Existe en ello un evidente objetivo político de desviar recursos del Fisco, para ahorrarlos en el extranjero para favorecer a grandes grupos financieros internacionales, en detrimento del legítimo dueño de esos recursos: la Nación chilena. Pero esta decisión no solo no es justificable desde un punto de vista económico, sino que en principio es ilegítima e inconstitucional, porque la Ley de la Nacionalización de la Gran Minería del Cobre, actualmente vigente en virtud del artículo tercero transitorio de la Constitución de 1980, establece que las empresas nacionalizadas pertenecen a toda la Nación, y de ello deriva que los elevados ingresos que la nacionalizada Codelco ha estado entregando al Presupuesto Nacional, pertenecen constitucional y legítimamente a todo el pueblo de Chile.
En consecuencia, desviar recursos que pertenecen a la Nación toda, para depositarlos en el extranjero en favor de grandes financieras transnacionales, es ilegítimo e inconstitucional, inconstitucionalidad que permite que todos los sectores sociales como los estudiantes, los profesores, los trabajadores de la salud, de la ANEF, etc., que solicitan mayores recursos para la educación, la salud, para sus condiciones de vida, puedan demandar al Gobierno en los Tribunales de Justicia por aplicación pública diferente o apropiación indebida de dineros que pertenecen a toda la Nación, y a partir de esos juicios, puedan recurrir al Tribunal Constitucional para solicitar la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la Ley de Presupuesto del año 2007, por desviar recursos que según la disposición tercera transitoria de la Constitución, pertenecen a todos los chilenos.
Por:Julián Alcayaga O. El autor es Economista y dirigente del Comité de Defensa y Recuperación del Cobre. Colaborador permanente de Crónica Digital.
Santiago de Chile, 25 de octubre 2006
Crónica Digital
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