‘En este sentido, la Ley 20.027 sobre sistema de crédito con garantía del Estado es una buena oportunidad para que los jóvenes puedan acceder a una mayor y mejor educación de pre-grado todo dentro de un modelo económico que no se caracteriza por la justicia social
En qué Consiste
El sistema de crédito con Garantía del Estado consiste en un crédito, dirigido a postulantes de universidades, públicas y privadas, que pertenecen a grupos familiares de escasos recursos económicos, y que cumplen con los méritos académicos mínimos exigidos por la reglamentación de la ley y los establecidos por cada institución de educación superior.
Este crédito no está condicionado a la capacidad actual de endeudamiento de las familias de los postulantes, y por ende, no exige ningún tipo de garantía o aval familiar.
Al él pueden postular, desde el 9 de noviembre y hasta el 23 del mismo mes, los alumnos que ingresarán a primer año y los de cursos superiores que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Ser chileno o extranjero con residencia definitiva en el país.
2. Condiciones socioeconómicas del grupo familiar que justifiquen el otorgamiento del crédito.
3. Matricularse en carrera de pregrado impartida por una institución de educación superior autónoma, acreditada y que participe en el sistema de créditos de la ley. (www.ingreso.cl)
4. Mérito académico suficiente, esto es el cumplimiento de los requisitos académicos que las instituciones de educación superior definan al efecto, los que en ningún caso podrán ser inferiores a los siguientes:
Para alumnos que ingresan a primer año:
,Puntaje en la PSU (Promedio de Lenguaje y Matemáticas) de 475 puntos mínimo, para financiar carreras impartidas en Universidades3.
,Promedio de notas de enseñanza media de 5,3 o puntaje mínimo en la PSU de 475, en el caso de carreras impartidas en Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica.
Para alumnos de cursos superiores:
,Avance curricular progresivo de 70% del total de créditos o cursos inscritos en los últimos dos semestres.
5. No haber cursado previamente una carrera de nivel universitario, con financiamiento del Fondo Solidario de Crédito.
6. Los alumnos de cursos superiores deben, además, contar con el respaldo específico de la Institución de Educación Superior en la cual se encuentra estudiando.
Principales características del Crédito
Este Crédito es originado por el sistema financiero. Los recursos disponibles para financiar estos créditos provienen de las instituciones financieras privadas, correspondiendo a la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores generar las condiciones para que estos recursos sean entregados en conformidad con la ley.
Este crédito es garantizado por la institución de educación superior y por el Estado.
Las Instituciones de Educación Superior garantizan a sus alumnos por el riesgo de deserción académica.
El Estado garantiza una proporción del riesgo de la deserción académica y el riesgo de no pago de los egresados.
Este crédito se otorga por un monto máximo determinado por el «arancel de referencia» de la respectiva carrera e institución. Dicho arancel es fijado anualmente por el Ministerio de Educación. (www.educacionsuperiorchile.cl)
El alumno tiene derecho a cambiarse una vez de institución o de carrera sin perder el crédito, siempre que la nueva institución en la que se matricule también se encuentre participando en el sistema.
El Crédito se cancela en 240 cuotas mensuales y se empieza a pagar 18 meses después del egreso de la carrera. Estas cuotas están agrupadas en tres tramos, de tal manera que las cuotas del primer tramo sean un poco menores que las del segundo y las del segundo tramo menores que las del tercero, de esta forma existe una correlación con las expectativas de ingresos futuros del profesional.
Durante el período previo al egreso no existe obligación de efectuar ningún pago, pero es posible efectuar pagos anticipados tanto de intereses como de capital. El pago anticipado de intereses de manera regular, conlleva, como premio, una rebaja en la tasa de interés.
Durante el período de pago del crédito, se considera un beneficio de cesantía que contempla la posibilidad de suspender temporalmente hasta 12 cuotas del crédito y cancelarlas al final del período de pago.
Asimismo, el crédito considera seguro de desgravamen e invalidez sin costo para el alumno.
La tasa de interés es determinada anualmente por la Comisión y se mantiene fija por todo el plazo de cada uno de los créditos otorgados.
Por último, se contempla la prohibición legal de exigir cualquier garantía adicional a los alumnos como por ejemplo avales de integrantes del grupo familiar.
Por Roberto Portilla
Santiago de Chile, 16 de noviembre 2006
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