LOS CAMBIOS EN LA INSTITUCIONALIDAD DEL EJECUTIVO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA

‘No obstante, en la discusión que se ha abierto en esta materia, a veces de manera interesada, otras inconscientemente, se ha tendido a confundir diversas cuestiones, que si bien, en algunos casos, tienen que ver con el tema, no son las que debiéramos discutir.

1.-Lo primero al respecto, es clarificar que no se está reestructurando el conjunto de las instituciones estatales que dicen relación con la Seguridad en general, y con la Seguridad Pública en particular. En efecto, el Estado, para llevar adelante la política criminal, es decir la estrategia con que define y enfrenta a la delincuencia, cuenta con un conjunto de instituciones, de distinta naturaleza y de diverso rango, que cumplen diferentes funciones. Entre otras, son muestras claras de ello, el Poder Legislativo, que crea la ley penal, el Poder Judicial y el Ministerio Publico que la aplican y el Poder Ejecutivo, que a través de las policías contribuye a aplicarla y con el Sistema de Ejecución de Penas (Gendarmería), la ejecuta. Durante los últimos años, se han producido importantes cambios en este campo. La reforma procesal penal es, por ejemplo, una realidad imposible de soslayar.

A pesar de estas verdades ineludibles, de la discusión pareciera desprenderse que la reestructuración de la institucionalidad del ejecutivo que se pretende, abarcará en realidad a todos los poderes del estado y a todas las instituciones, y que, por lo tanto, de ella dependerán todos los resultados en la materia. Esto no es ni será así. La reestructuración se refiere sólo a una parte de la institucionalidad que depende del ejecutivo, y por lo tanto su incidencia en el resultado final, será solo en alguna parte. Además, se debe tener en cuenta que todo lo que hace, no solo el ejecutivo, sino el Estado en su conjunto, es sólo uno de los factores que inciden en la seguridad y en la sensación de seguridad.

2.-Al mismo tiempo, la discusión se hace teniendo de fondo perspectivas diferentes respecto de los fundamentos de la política criminal que se quiere que estos órganos implementen. Se hace de esta manera, una discusión engañosa, mostrando como objeto de ella a la institucionalidad, cuando lo que se pretende, por algunos, es imponer ciertas opciones de política criminal. Esta discusión, como ha dicho recientemente la Iglesia Católica, por versar sobre la formas mas intensas y duras que tiene el Estado de intervenir sobre las personas, debe ser lo mas participativa, amplia, clara y difundida que se pueda. En realidad debe haber un mínimo de discusión y difusión, que en caso de no cumplirse, impida, en todas las políticas públicas, su ejecución. En el uso del poder penal no es posible sostener ni la representación política absoluta, ni la ficción legal de conocimiento de la ley.

En especial, nos referimos a la necesidad de poner en discusión, las perspectivas autoritarias y simplistas, por una parte, que estiman que solo se trata de tener mano mas dura y mas eficiente; y / o propuestas totalizantes por otra, que entienden toda la realidad social, el orden y sus sentidos, solo desde la mirada de seguridad, de riesgo, de desconfianza, y / o también parciales, pues no entienden la complejidad de los fenómenos sociales y pretenden analizar e intervenir sólo sobre ciertos resultados del sistema y orden social, en este caso los delitos, sin entender que es imposible comprenderlos al margen de las condiciones que los producen.

Los problemas de seguridad, en general, los de seguridad pública en particular y los de delincuencia, en especial, que tenemos o sentimos tener, son el resultado del funcionamiento del orden político, social, económico y cultural, en general, y de sus mecanismos específicos, en particular, que como individuos y como sociedad nacional vivimos, insertos a su vez, en una realidad global.

3.-Teniendo estas consideraciones en cuenta, es que deseamos puntualizar nuestra opinión, la que también hemos expresado ante la Comisión dispuesta al efecto por la Sra. Presidenta. Lo primero, es que esta función del estado es, como todas, pero mas que las otras, político-técnica. No es meramente técnica, ni apolítica, como no lo son nunca, las funciones estatales. Es principalmente política, pues la función de Seguridad Pública, se refiere al uso, entre otras dimensiones y herramientas, de la fuerza estatal (violencia estatal) para la defensa, protección y / o cambio de un determinado sistema y orden social, cristalizado jurídicamente, o de alguno (s) de sus aspectos. Los delitos, ( o la protección penal de determinados bienes jurídicos), son la manifestación mas clara e intensa de un orden (público) determinado. No es, entonces tampoco sectorial, sino que global. Se refiere y existe en todas las áreas de la convivencia social y, además, en su conjunto.

Por otra parte, no es posible separar (coherentemente), como se pretende por algunos, las funciones de seguridad publica y las de orden público, ya que no obstante ser dos conceptos distintos, son sólo discernibles intelectualmente pero inseparables prácticamente. En efecto, estos dos conceptos, abstractos y que se concretan y significan en cada sociedad y momento histórico (o sea en un determinado campo de fuerzas), son siempre la cara y el sello de una misma moneda. Esto no obsta a que por su naturaleza sean esencialmente polisémicos o, desde otro punto de vista, su contenido y limites, sean siempre el objeto de la disputa política.

Es decir, la definición de su contenido y límites, es siempre hecha desde el poder político, que siempre a su vez, a veces de manera más visible que en otras y a veces de manera mas intensa que en otras, está en discusión. O sea, que jamás está en las manos de un solo actor omnímodo. Dicho de otra manera, su contenido no es nunca neutro políticamente. Lo que a su vez hace que pueda tener mas o menos legitimidad.

De esta manera la seguridad pública es aquella que protege al orden publico, el que sea, ( que a su turno modela y protege lo privado) y, al mismo tiempo emana de este. O sea son como hemos dicho, indivisibles (coherentemente) Por esto es que no es posible (coherentemente), encargar a un Ministerio del Orden Público, y a otro, de la Seguridad Pública. Por otra parte, si esto no fuera imposible, igual seria contradictorio, con el principal, sino el único, de los fundamentos explicitados de la unificación de la dependencia de las policías, que son las dificultades que presenta el que dependan administrativamente de un Ministerio, Defensa, y operativamente de otro, Interior, ya que con este cambio, que algunos proponen, dependerían administrativamente del eventual Ministerio de Seguridad Publica, y operativamente también de este, así como también, operativamente del Ministerio de Interior. Si para evitar esto se trasladaran las funciones de orden publico a este eventual Ministerio, se transformaría en realidad en un Ministerio del Interior, con un nombre fraudulento, lo que igualmente pasaría con el que quedara como Ministerio del Interior, pero sin sus funciones propias en el orden republicano. Si se optara por eliminar este último, lo que haríamos sería establecer una visión totalizante y totalitaria de la seguridad, como hemos indicado mas arriba.

Por estas consideraciones, es que pensamos que dicha institucionalidad debiera estar integrada en un nuevo Ministerio del Interior ( y Seguridad Pública), transformado, en el cual se destaque la función de Seguridad Pública,( que ya la tiene asignada) ya sea como Vice ministerio o Subsecretaria de Seguridad Publica y bajo su dependencia, las policías. Por último, en este tema, la reforma constitucional, tanto a su articulado permanente, como en la disposición transitoria que a esto se refiere, no obligan a crear otro ministerio. Por eso expresamente se redactó así, y / o no se aprobó con el adjetivo “exclusivamente”, como quedó claramente establecido ante la Comisión Ad-Hoc, y lo ratificó la misma Comisión, al plantearlo a la Presidenta como posibilidad.

4,-Por otra parte, respecto de este traslado de la dependencia de las policías, su materialización no debe ser mostrada como una cuestión meramente administrativa, fundamentalmente porque no lo es, pero también porque la calidad democrática de nuestra institucionalidad adquiere sentido y se funda en la conciencia ciudadana de su carácter En efecto, de igual manera que su traslado por la dictadura, de Interior a Defensa expresaba una concepción ideológica, denominada doctrina de la seguridad nacional, que partía de la existencia de un “enemigo interno” aliado con enemigos externos, que atentaba contra la Patria (entendida como una esencia custodiada por el aparato militar) y que por lo tanto, las policías debían ser parte de esta guerra bajo el mando único de la defensa nacional, su traslado actual expresa una concepción democrática de la seguridad pública y, de alguna manera, un reencuentro con la historia, en la que los policías son servidores públicos, a cargo de un servicio a los ciudadanos y habitantes de nuestro país, bajo la conducción de una autoridad, dispuesta según los métodos y estructuras de un Estado Democrático de Derecho. Este cambio de orientación debe concretarse, de igual manera que otras dimensiones, y como de alguna manera se ha ido haciendo, en la progresiva desmilitarización, especialmente de Carabineros, capacitándolos para enfrentar los conflictos de las personas y con las personas, y no para una guerra contra otros ciudadanos, sean delincuentes o no.

5.-En otro aspecto, tal como planteábamos, detrás de las opiniones respecto de la institucionalidad, que en ocasiones se revisten de tonos asépticos, científicos, a veces derechamente populistas, o simplemente mostrando ignorancia, existen visiones – conscientes o inconscientes- acerca de la Política Criminal, de sus valores, fundamentos, objetivos y recursos, que debiéramos explicitar ante la ciudadanía, de tal manera que no se manipularan las experiencias, sentimientos y necesidades, especialmente por un sistema de medios de comunicación con una mirada que responde, básicamente a una sola perspectiva política (un cierto orden público) Esta discusión razonada, sobre el núcleo duro del Poder Público (político), debe ser, obviamente política (publica), y publicada, para transparentar las distintas visiones sobre la sociedad, los diferentes conceptos de seguridad en juego y las diversas orientaciones que se quieran dar a la política criminal.

6.-Para nosotros, que pretendemos reflexionar desde una perspectiva integral y democrática respecto de los temas que se tratan bajo el rótulo de Seguridad, es necesario acotar el concepto, para no caer un una visión de seguritización totalizante y totalitaria, pues la óptica desde la cual nos situamos es la PERSPECTIVA DE DERECHOS, que nos lleva a afirmar, que si bien, TODAS LAS DIMENSIONES DE LA VIDA INDIVIDUAL Y SOCIAL TIENEN QUE VER O IMPACTAN EN LA SEGURIDAD , tanto objetiva como subjetiva, NO TODO ES SEGURIDAD. De la misma manera que se puede afirmar que todo tiene que ver con la economía, o que todo tiene una dimensión económica ( o estética o educacional, o etc.), NO TODO ES economía. Efectivamente, por ejemplo, la situación laboral o la educacional, la urbana, la de vivienda, y todas, inciden en la seguridad. PERO ESTO NO LAS CONSTITUYE (solo) EN UN PROBLEMA DE SEGURIDAD, SINO QUE SIGUEN SIENDO (fundamentalmente) UNA CUESTIÓN DE DERECHOS. Y estos derechos se deben a los ciudadanos y en general a las personas, no porque con ello se evita que delincan, sino porque tienen derecho a ellos por el solo hecho de existir. Efectivamente, el derecho a un trabajo digno y decente, a una educación humana y de calidad, a vivir en una ciudad integrada y amable o a tener una vivienda adecuada, y todos los demás derechos fundamentales, se tienen pues la humanidad, en su desarrollo ético y jurídico, así lo ha concebido y decidido. Por lo tanto, cuando desde la mirada de “seguridad” se nos dice que el tipo de trabajo, o el tipo de educación, o el tipo de vivienda, o el tipo de ciudad que tenemos nos está causando problemas en la seguridad, es correcto el planteamiento, y se debe enfrentar. Lo que no es correcto es tratarlo ( principal o exclusivamente) como un problema de seguridad, encubriendo lo que en definitiva es, un problema de derechos fundamentales cuyo ejercicio no es posibilitado por nuestra sociedad. Debe ser atendido desde esta perspectiva. No podemos pedir a las policías que resuelvan los problemas que tenemos como sociedad.

7.-Lo dicho tiene especial importancia, ya que muchas veces, creyendo tener una comprensión amplia de lo social y pudiera ser incluso motivado por “buenos sentimientos”, se justifica la ocurrencia de los delitos o se la entiende, desde las carencias sociales, económicas, etc. Esta mirada, al ser hecha simplemente, sin mas, genera una perversión de las políticas sociales, al fundarlas y pensarlas desde “la prevención” (social, situacional o como se le llame), provocando lo que se conoce como la “criminalización de las políticas sociales” y “la criminalización de la pobreza”, identificando ( estigmatizando) a las personas, que por su condición se les aseguran estos derechos, como objetos de una intervención para “prevenir” que delincan. Este planteamiento, critico del “prevencionismo”, no niega, sino que refuerza el hecho de que en una sociedad en donde todos sus miembros tengan y sientan que sus derechos son respetados, se reduzcan las tasas delictivas.

Al mismo tiempo, esta mirada contiene un grave error conceptual, que provoca a su vez un gravísimo error de hecho: Supone que los delitos solo los cometen los pobres, cuando es obvio que por una parte, la inmensa mayoría de los pobres no delinquen, y por otra, una gran cantidad de delitos es cometida por quienes no son pobres. Las políticas sociales expresan la decisión de la sociedad de asegurar, una mínima capacidad de ejercicio de los derechos fundamentales para todos y operan para reparar los fallos que en su funcionamiento provoca o no es capaz de resolver, nuestro orden político, social, económico y cultural. Las políticas sociales, para un estado democrático, no son nunca la dimensión preventiva de la política criminal. Esto, como decimos, independiente de que el efecto “preventivo” se produzca. De igual manera, desde esa mirada, ¿Qué política social habría que llevar a cabo, para eliminar o disminuir los delitos cometidos por los no pobres, los ricos y los poderosos?

Esta criminalización de la pobreza, o, peor, “pobretización de la delincuencia” no ve, o no quiere ver, y por lo tanto no cuestiona, ni explica, la delincuencia de los no pobres y menos la delincuencia de los ricos o la de los poderosos, la que en sus efectos, directos e indirectos, provoca mas daño social que la de aquellos. Esto último es natural, pues mientras mas poder se tenga, mas capacidad de daño se maneja. Incluso, esta visión ha profundizado la estigmatización, mostrando, ya no solo los delitos, sino también a las denominadas “incivilidades” como una conducta exclusiva de los marginados o de los sectores de menores ingresos, especialmente jóvenes, identificando como conductas propias de estos sectores, por ejemplo, los “graffitis “ ( que algunos han propuesto penalizar) o el “macheteo”, sin tener en cuenta que no son exclusivas de ellos, pero peor aún, ignorando el conjunto de “incivilidades” propias y algunas exclusivas de los poderosos, y que impactan en la sensación de inseguridad e impotencia, (que a su vez generan resentimiento y “desquite”) de manera tanto o mas grave que las otras, como los abusos laborales, los abusos comerciales y todos los abusos de poder (El delito es siempre el abuso de un poder, ya sea legitimo o ilegitimo) .Esto último es especialmente grave, en una sociedad como la nuestra, en que el poder, de los cuales el ingreso es solo una dimensión, se encuentra repartido tan desigualmente.

8.-Por todo lo anterior, es que pensamos, que esta nueva institucionalidad, debe coordinarse (no coordinar) con otras agencias estatales, para aportar la mirada de la seguridad, pero de manera estricta y restringida, pues en cierto sentido, dicha mirada, al pretender eliminar los “riesgos”, y siendo los riesgos en estas materias, los otros, los prójimos, y con mayor razón, si son diferentes, encarna una especie de rey Midas maléfico, que todo lo que toca lo convierte en desconfianza, en amenaza, provocando, paradojalmente de esta manera, mas inseguridad, al (co) romper los ya débiles lazos sociales existentes en una sociedad que ha instituido la competencia como su principal dinámica y al consumo como su mecanismo de integración.

La realidad social mas propicia para la delincuencia, la violencia y la inseguridad, es aquella que presenta procesos de desintegración social y los derechos se transforman en mercancías, en donde la desconfianza que inevitablemente se genera, retro-alimenta estas dinámicas. Esto con mayor intensidad en situaciones de profundas desigualdades ilegitimas y con promoción de valores negativos, como el individualismo y la competencia, así como la desacreditación de la acción colectiva, la solidaridad y la colaboración La marginación y la exclusión social, económica, cultural y política forzada, ( de los débiles) y la automarginación y autoexclusión voluntaria ( de los poderosos) , propias de una sociedad fuertemente segmentada, son factores que irremisiblemente impiden una convivencia cívica, pacífica y adecuada para el respeto de los derechos y el desarrollo humano.

Lo dicho en el párrafo anterior, no implica que no deban efectuarse cambios en otras esferas también referidas al ámbito de la seguridad, ya sea del ámbito del ejecutivo, u otros espacios estatales, como por ejemplo, la creación de los jueces de ejecución penal, con una ley de Ejecución penitenciaria, el establecimiento de una policía judicial, la elevación a rango constitucional del Defensor Público, las respuestas al pequeño delito, programas efectivos de habilitación e inserción social, la reestructuración de los sistemas de penas y medidas alternativas, etc.

9.-Por último, si siempre en política es necesario tener la máxima responsabilidad, pues siempre tiene que ver con las vidas de los otros, en la política criminal es necesario extremar el cuidado, pues al ser el campo del mas intenso ejercicio del poder político (poder penal) lo mas probable, es que, si no nos preocupamos y lo impedimos, termine, como lo demuestra la historia, ejerciéndose principalmente sobre los menos poderosos, o sea sobre los mas débiles

Por Mauricio Salinas Escobar. Abogado
Secretario Corporación Ciudadanía y Justicia. Profesor del Instituto Jorge Ahumada. Colaborador de Crónica Digital.

Santiago de Chile, 8 de noviembre 2007
Crónica Digital’, 0, 104, 3′

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