La AFDD señalo a través de un comunicado de prensa que en la causa del secuestro y desaparición de Juan Luis Rivera Matus, la sala Penal de la Corte Suprema ha resuelto anular la sentencia que condenó a Freddy Enrique Ruz Bunger, Carlos Arturo Madrid Hayden, Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Sergio Antonio Diaz López, a las penas de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, por la de 3 años de presidio menor en su grado medio para Ruz Bunger y Madrid Hayden con beneficio de Remisión Condicional y de 4 años de presidio menor en su grado mínimo a Diaz López con beneficio de Libertad Vigilada, misma que a Corbalán Castilla sin beneficios, lo que en la prácctica significa concederles libertad.
Agrego que esta sentencia no se conduce a las anteriores resoluciones del máximo tribunal donde si habían aplicado las normas que establece el derecho internancional. Al respecto la AFDD indica que estos cuatro agentes de los servicios de seguridad de la dictadura, acusados, procesados y condenados por crímenes contra la humanidad, son beneficiados y dejados en libertad por la Corte Suprema. La misma instancia que en otras causas ha fallado en concordancia con el Derecho Internacional hoy desconoce la validez y legitimidad del sistema internacional en materia de violaciones a los derechos humanos, descartando sus propios argumentos para justificar la inmoralidad de no sancionar con todo el rigor de la ley los más graves crímenes cometidos en dictadura.
Respecto de la aplicabilidad de los tratados internacionales sobre crímenes de lesa humanidad la organización defensora de los derechos humanos señala que se aduce que los Pactos y Convenciones Internacionales no pueden ser invocados por no haber sido ratificados previo a la comisión de los delitos criminales; se desconoce la preeminencia de la normativa internacional por sobre la norma nacional y se re-establece que el país no se encontraba en estado de guerra interna para evitar aplicar los Convenios de Ginebra.
En definitiva, agregan, se intencionó una interpretación del Derecho Internacional para adoptar una resolución contraria a la justicia, que va dejando una peligrosa sensación de impunidad legal que contraría la necesidad de sancionar los crímenes de la dictadura haciendo uso de los mecanismos legales creados e instaurados para ello».
En tal sentido recalacron que «cuando la justicia no hace justicia vulnera el derecho de las víctimas y su familia; desprotege a la sociedad al exponerla a la cultura de la impunidad; refuerza el menosprecio por la vida y el ser humano; estimula la reproducción de actos criminales e impide la posibilidad de sanación de la sociedad chilena en el futuro.
Por lo anterior, la Agrupación de familiares de Detenidos Desaparecidos hicieron un llamado público a los magistrados y ministros de Corte para que se coloquen a la altura de su cargo exigimos a los magistrados ponerse a la altura de su deber, no incurrir en peligrosas complacencias y sancionar como corresponde a los delincuentes que amparados en poder del Estado y de los mecanismos creados por la dictadura, asesinaron, torturaron e hicieron desaparecer a miles de chilenos.
Santiago de Chile, 3 de agosto de 2007.
Crónica Digital
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